[ANF ]

Hasta la fecha

543 privados de libertad lograron su indulto


(ANF).- El director de Régimen Penitenciario, José Aramayo, informó que hasta la fecha 543 privados de libertad se beneficiaron con el Decreto Presidencial 1723 del 18 de septiembre de 2013, el cual otorga la concesión de indulto y de amnistía, el primero para reos con sentencia ejecutoriada y cuya pena sea igual o menor a ocho años, y la segunda para privados de libertad con detención preventiva cuya pena sea igual o menor a cuatro años.

Según Aramayo, un total de cuatro personas en cárceles de todo el país se benefician por día con el indulto. Aún no se tiene la cifra de reclusos que podrían acogerse el perdón hasta septiembre de este año.

“Son 543 personas entre varones y mujeres que a nivel nacional se han acogido al beneficio del indulto, nuestro plazo todavía es hasta septiembre del 2014 entonces estamos cumpliendo también con este aspecto que nos hemos comprometido al iniciar nuestra gestión”, manifestó Aramayo.

Para el director de Régimen Penitenciario esta medida contribuye a las condiciones de habitabilidad y reducción de hacinamiento en las cárceles.

De acuerdo con el Decreto, las personas que se benefician con el indulto son aquellas cuyas sentencias sean igual o menor a ocho años por la comisión de delitos menores; adultos mayores, adolescentes, imputados y jóvenes hasta 25 años. Además de internos con enfermedades graves, con discapacidad y padres de familias que tengan a su cargo a hijos menores de 12 años en los centros penitenciarios.

Asimismo, se benefician con la amnistía aquellas personas detenidas en etapa de juicio oral, público, continuo y contradictorio; apelación restringida o casación, por delitos cuya pena sea igual o menor a cuatro años.

La amnistía es la extinción de la responsabilidad penal, extingue los antecedentes penales, mientras el indulto no lo hace necesariamente.

Quedan excluidas del Decreto aquellas personas que están procesadas por delitos de asesinato, violación, traición a la patria, espionaje, parricidio, secuestro, trata y tráfico de personas, terrorismo, separatismo, extorsión, corrupción y narcotráfico. De igual manera quedan excluidos por este beneficio los detenidos reincidentes.

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