[Juan León]

Menudencias

Libertades entre principios e intereses


Entre la mucha tela para cortar en estos tiempos de carrera electoral anticipada, las urgencias le quitan espacio a lo importante. El afán oficialista de esconder basura bajo la alfombra es, en el fondo, una de las causas. Ahí están, por ejemplo, los renovados afanes de estos días de poner bajo control a la prensa.

El tema se motiva hoy por las idas y venidas del gobierno sobre la reciente denuncia del Procurador General contra la directora y un periodista de La Razón para que revelen la fuente que alimentó un reportaje sobre la demanda marítima de Bolivia contra Chile.

La denuncia fue presentada el 22 de abril. Un fiscal le dio curso el 25 y el juez ordenó levantar el “secreto de fuente” en tres días. Pero los periodistas involucrados se enteraron de esa orden perentoria recién el 7 de mayo, cuando los citaron a la fiscalía a declarar sobre un caso en el que habían ya sido condenados. Aun para el profano, la extraordinaria diligencia de los funcionarios judiciales que pusieron la carreta delante de los bueyes invalida jurídicamente el proceso.

El caso está aún en el limbo, como otros similares, y es difícil predecir cuál será la salida que le encuentren los doctores. Pero la denuncia en sí es tema de análisis y preocupación permanente, por las implicaciones futuras y las contradictorias posiciones expresadas desde el oficialismo.

La ministra de Comunicación, Amanda Dávila, le puso una nota de cordura al entuerto que el Vicepresidente, primero, y el Procurador después, pretenden presentar sólo como un intento de poner en orden a las filas rebeldes del oficialismo. En una actitud que la enaltece, la ministra antepuso esta vez principios a intereses cuando se puso la camiseta y expresó la esperanza de que los jueces reconduzcan el proceso “a instancias que correspondan”.

En pocas palabras, esas instancias son las que se enmarcan en la Ley de Imprenta de 1925 que está en vigencia y reconoce la propia Constitución como el ámbito en que se deben juzgar lo que dicen los medios de prensa.

Justificar la denuncia ante un tribunal ordinario sólo como intento inocente de “identificar a la persona que habría filtrado información reservada” es nomás parte de la “estrategia envolvente” aplicada en este caso contra la prensa para terminar de capturar el poder político total.

Está claro que cualquiera sea la finalidad o el objetivo de la denuncia, la consecuencia de acatar la orden de ese juez, si no se enmienda el error, afectaría directamente a la Ley de Imprenta. La confidencialidad es la garantía legal, ética y moral de quienes proporcionan información a los periodistas. Por eso, en el mundo hay muchos ejemplos de colegas que prefirieron la prisión a revelar sus fuentes de información. Insulta a la inteligencia decir, como dijeron el Vicepresidente y el Procurador, que esa demanda no es un ataque contra la prensa.

Si fuera cierta esa explicación inútil, la pretensión oficialista de utilizar a dos periodistas para que identifiquen a posibles infidentes dentro de sus filas es poco ética. Y bastante estúpida, porque los colegas involucrados respetarán seguramente el secreto de fuente. El gobierno tendrá seguramente sus propios medios para descubrir por su cuenta a quienes considera traidores dentro de sus filas. El intento de hacerlo por esa vía revela más bien gran desconfianza entre los militantes del oficialismo, al punto que requiere purga interna en tiempos de cambios electorales que despiertan ambiciones personales.

El tema trasciende al interés general, y motiva preocupación y protesta, por la decisión del juez que ordenó levantar el secreto de la fuente. Porque la Ley de Imprenta es clarita. El artículo 8 es bien concreto, para los cortos de entendederas. “El secreto en materia de imprenta es inviolable”, dice. Y la ley estipula también (Art. 9) que “el editor o impresor que revela a una autoridad política o a un particular el secreto del anónimo, sin requerimiento del juez competente, es responsable, como delincuente, contra la fe pública, conforme al Código Penal”.

Como la ley define de manera clara los casos en que se delinque contra la Constitución y la sociedad y los casos en que no hay delito, parece lógico exigirle ahora al tan diligente juez que informe en qué se basa la orden que dictó. Y pedirle explicación del absurdo de fallar sin escuchar ni notificar a los encausados, que invalida de hecho ese proceso.

En bien de la justicia, finalmente, recomendarle que revise una decisión del Juez Sexto de Sentencia de la Capital Delfor E. Ríos que recién nomás enseñó el camino al declararse Incompetente y remitir a la Ley de Imprenta una denuncia por difamación y calumnia del presidente de YPFB contra el columnista Carlos Toranzo a raíz de una de sus notas de opinión.

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