Hay dos decretos que justifican la posición de privados:

Empresarios denuncian trato discriminatorio del Gobierno

El presidente de la Cámara Nacional de Industria, Mario Yaffar, denunció un trato desigual y discriminatorio del Gobierno en relación al decreto 1988 del 1 de mayo que fija un aumento salarial en el sector privado del 10 por ciento como mínimo, mientras que determinó ese mismo nivel de aumento en las remuneraciones como tope máximo en el sector público.


LOS EMPRESARIOS PRIVADOS SE SIENTEN DISCRIMINADOS CON LAS RECIENTES DISPOSICIONES GUBERNAMENTALES ACERCA DEL INCREMENTO SALARIAL.

Yaffar se refirió al decreto reglamentario 2002. Según dijo, esa disposición discrimina al sector empresarial, ya que los funcionarios públicos tienen un 10% de techo para el aumento salarial mientras que ese mismo porcentaje es el piso mínimo para los trabajadores de las empresas privadas. Manifestó que pese a esta situación, la entidad no realizará ninguna acción legal; sin embargo, indicó que el sector privado espera que estas observaciones se consideren la próxima gestión ya que esta desigualdad pone en riesgo el giro y la estabilidad financiera del sector productivo.

“Nos encontramos discriminados porque hay empresas de primera categoría de primera clase, que son las empresas públicas, que tienen que cumplir tres requisitos para poder aplicar los aumentos salariales, y las otras, las privadas, que tienen por decreto sin consulta previa aplicar esos incrementos salariales que están causando grandes dificultades a nuestras empresas privadas”, afirmó en conferencia de prensa. Pidió que se considere la propuesta de política salarial que se entregó al Gobierno y donde se establecen sugerencias para futuros ajustes salariales.

NORMATIVA

Según el artículo 4 del decreto 2002, señala que las empresas públicas deben demostrar tres requisitos para que sus trabajadores accedan al aumento salarial, entre ellos están: la sostenibilidad financiera para al menos 3 años, haber generado utilidad operativa en la gestión anterior y, por último, al incremento salarial deberá ser financiado con ingresos generados por el giro de negocios de la empresa sin recurrir a ajustes de precios o transferencias del Tesoro General de la Nación (TGN).

Por otro lado, el artículo 7 del decreto 1988 del 1 de mayo pasado establece que el aumento salarial en el sector privado será acordado entre los sectores patronal y laboral, sobre la base del 10%; mientras que el artículo 3 del decreto 2002 señala que el porcentaje salarial para los funcionarios públicos podrá ser determinado hasta un 10%, de acuerdo a la utilidad neta y disponibilidad financiera de cada empresa.

Yaffar insistió que dicha disposición es discriminatoria porque contradice la Constitución Política del Estado y la Ley Contra el Racismo y toda forma de Discriminación.

IGUALDAD

“Las empresas privadas exigen la misma igualdad jurídica. Si se ha hecho un planteamiento para las empresas públicas este planteamiento debe ser extensivo para las empresas privadas”, señaló Yaffar.

La Cámara de Industria realizó las gestiones ante la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia y ante el Ministerio de Trabajo para que se considere esta observación en la aplicación de los futuros incrementos salariales.

Esta desigualdad pone en riesgo la estabilidad de “muchas empresas” y genera una “competencia desleal” con las empresas públicas, enfatizó Yaffar, aunque no detalló el número de industrias que estarían en riesgo.

 
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