Desarrollo urbano de Pamir Pampa


Ante el reclamo de algunos vecinos de la urbanización Pamir Pampa, sobre un supuesto ilegal movimiento de tierras, además no existir supuestamente un legal derecho propietario, y menos registro catastral de los terrenos en desarrollo, tenemos la siguiente entrevista al señor Diego Valenzuela Oporto:

P. ¿EN QUÉ JURISDICCIÓN SE ENCUENTRAN REGISTRADOS LOS TERRENOS DE LA EMPRESA CITADEL QUE SU PERSONA REPRESENTA?

R. La Sociedad que represento tiene derecho propietario sobre dos terrenos en el sector de Lamir Pampa, ambos con registro catastral en la jurisdicción de Palca bajo los números EA06 084 000 (12.450 m2) y EA06 085 000 (9.515 m2), como ustedes pueden verificar. Los dos terrenos con una superficie de 21.965 m2 se encuentran ubicados en la Sub Cuenca Alta de Pamir Pampa. En dicha Sub Cuenca Alta de 10 hectáreas existen otros propietarios tales como el Sindicato Agrario Ex Fundo Achumani, Primera Sección, la señora María Elena Alcázar Machicado, el señor José Ugalde Canedo y otros. Esos terrenos tienen, como antecedentes, catastros antiguos desde los años 1992-94. Y suman en conjunto más de 75.000 m2.

Los terrenos de Citadel, en su origen fueron adquiridos por los anteriores propietarios de las Reverendas Madres Concepcionistas, en los años 1992-1994, adquisiciones convalidadas por el propio Arzobispado de La Paz. Posteriormente los dos terrenos fueron adquiridos por Citadel en agosto de 2013 y febrero de 2014. Los impuestos de la Empresa son pagados en la jurisdicción de Palca.

P. ¿Es evidente que se viene desarrollando una urbanización, la cual no se encuentra registrada en el Gobierno Municipal de Palca?

R. Los dos terrenos cuentan con catastro pleno en la jurisdicción de Palca, pero además han sido fraccionados en Derechos Reales, y siguen un trámite de catastro fraccionado ante el Gobierno Municipal de Palca dentro de la normativa municipal y civil vigentes.

P. ¿LOS MOVIMIENTOS DE TIERRA, HAN SIDO HECHOS CON ALGÚN PERMISO MUNICIPAL?

R. Con carácter previo a la compra de los terrenos antes citados por parte de Citadel, hubieron movimientos de tierra hechos primero por el Sindicato Agrario Ex Fundo Achumani, Primera Sección, que equivocadamente ocuparon y removieron los terrenos. Posteriormente los anteriores propietarios realizaron fundamentalmente trabajos de prevención de riesgos. Debido al movimiento de tierras del Sindicato Agrario, ya la construcción de una banquina invasiva e inconclusa en la ladera Norte de la Sub Cuenca Baja.

Por otra parte, hubo movimiento de tierras para la construcción de una banquina por el Gobierno Municipal de La Paz, obra esta inconclusa, construida para encausar las aguas pluviales de la ladera Norte, invadiendo un terreno privado catastrado en el propio municipio de La Paz, hacia una gran grieta erosionada de la ladera Este, para su descarga en un precario canal de la calle Álamo. Si bien la obra resolvía los crónicos problemas de los vecinos de la ladera Norte, sin embargo invadía terrenos privados, y agravaba al extremo los problemas de erosión de los propietarios de la ladera Este, y los flujos de aguas pluviales hacia el canal de la calle Álamo en grave perjuicio a los vecinos ubicados al final de dicha calle.

Posteriormente, Citadel, luego de realizar los estudios geotécnicos con la conformidad de la Sociedad de Ingenieros de Bolivia, tramito y obtuvo permiso de movimiento de tierras por ante el Gobierno Municipal de Palca con validez de un año, movimiento que fue ejecutado con posterioridad a la época de lluvias, y que según la Sub Alcaldía de Ovejuyo, habría dejado de tener efecto, ya que el volumen de movimiento de tierras autorizado ya habría sido completado. Por otra parte, los estudios geotécnicos e hidrológicos de la Sub Cuenca Alta, demostraron la existencia de áreas aptas para un desarrollo urbano.

P. LOS VECINOS DE LA ZONA RECLAMAN QUE LA INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS BÁSICOS EXISTENTES SON INSUFICIENTES PARA LA ESTANCIA DE MÁS VECINOS, Y QUE LOS TERRENOS DESARROLLADOS SE ENCUENTRAN EN UN ÁREA VERDE DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE LA PAZ. ¿ES ESO EVIDENTE?

R. Es evidente que la infraestructura y los servicios existentes tienen deficiencias y deben ser mejorados, como en cualquier barrio de la ciudad, con el apoyo municipal esperado desde tiempo atrás. Dicho apoyo no ha existido de manera sistemática en el barrio de Pamir Pampa. Las calles son angostas, en algunos casos por la invasión de vías, y en otros por haberse borrado una de las vías de acceso al vecindario. Los servicios de agua potable y alcantarillado son aún precarios, por lo que cualquier desarrollo urbano debe considerar seriamente la mejora de esos servicios. El mayor temor de los vecinos, es que la Micro Cuenca de Pamir Pampa se convierta en paso obligado de los vecinos de Cóndores Lakota, según argumentan, por la estrechez de las vías de la Sub Cuenca Baja.

Sin embargo, los miembros afiliados al Sindicato del Ex Fundo Achumani, reclaman que la resistencia manifiesta de los vecinos a nuevos desarrollos urbanos en la parte Alta de Pamir Pampa, bajo argumentos de inundaciones, áreas verdes e insuficiencia de servicios e infraestructura, se debe a la falta de tolerancia para convivir con las comunidades originarias propietarias de un extenso sector de la Sub Cuenca Alta. No quieren que nuestros taxis y micros circulen por las calles de Pamir Pampa, dicen los comunarios.

Por otra parte, si se observa la última planimetría del Gobierno Municipal de La Paz, se verifica que la zona donde se encuentran ubicados los terrenos, está registrada como zona urbana de la ciudad de La Paz. Sin embargo, en los registros del INRA, todo el ex Fundo Achumani se verifica como parte del Cantón Palca. Mientras que el municipio de Palca fundamenta sus derechos en la tradición agraria de las zonas de Achumani, Calacoto, Ovejuyo y otras, el municipio de La Paz fundamenta sus derechos en la oferta de servicios a las urbanizaciones existentes en la zona Sud, y a las urbanizaciones emergentes, ubicadas en áreas que por tradición siempre pertenecieron al municipio de Palca.

La oferta de servicios y el apoyo por el municipio de La Paz han sido nulos en la Micro Cuenca de Pamir Pampa. Las obras más importantes de infraestructura de la Micro Cuenca, como la bóveda de 300 metros de largo y 1,5 metros de diámetro, y el canal de 250 metros de largo por 1,20 metros de ancho, fueron construidos por privados, a su costo, en los años 90, específicamente por las familias Mercado y Ugalde respectivamente. Ambas obras, son la colectoras más importantes de las aguas pluviales que discurren de Este a Oeste, por la quebrada de Anokariri. Por otra parte, todo el empedrado de la urbanización fue realizado por los vecinos sin ningún apoyo municipal.

Desde la adquisición de terrenos en el municipio de Palca, Citadel ha relievado el apoyo integral y de gran complejidad que otorga dicho Gobierno Municipal de Palca a los vecinos y propietarios de su jurisdicción, apoyo que conjugando las normas urbanas con la cuestión social, han permitido un equilibrio razonable, habida cuenta que existen comunidades originarias que pretenden reivindicar derechos de propiedad ancestrales, en conflicto con los derechos establecidos por la ley civil, en franca transición del mundo rural al mundo urbano, lo que requiere de políticas y acciones graduales que resuelvan pacíficamente esos conflictos, pero que también apoyen la inclusión de esa población antes marginada a las exigencias urbanas.

El crecimiento urbano en la ciudad de La Paz y la incorporación de población antes excluida, exige que las áreas urbanizables sean desarrolladas con sentido de inclusión y tolerancia. Las pretensiones de tener barrios y áreas exclusivas en beneficio de unos cuantos, congelando áreas significativas en una hoyada carente de espacios, resulta ser un despropósito.

Finalmente, no debe ignorarse, que las zonas de Achumani, Ovejuyo, Calacoto, y Otras, son áreas de conflicto sobre límites entre los municipios de La Paz y Palca; por lo que los problemas de los vecinos, son exacerbados por funcionarios ediles, que al calor de las circunstancias, y con el objeto de desprestigiar otras gestiones municipales, cometen delitos de difamación y acoso penados por ley contra autoridades y propietarios. Cualquier derecho propietario o registro se encuentra a cargo y debe resolverse en su caso, por las autoridades llamadas por ley, en tanto que los derechos jurisdiccionales, aún pendientes de definición, entre municipios del Departamento, deben resolverse por el Gobierno Departamental de La Paz.

 
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