Defensor plantea institución análoga para unión libre de personas del mismo sexo



EL DEFENSOR DEL PUEBLO ROLANDO VILLENA OBSERVA EL NUEVO CÓDIGO DE FAMILIAS.

El defensor del Pueblo, Rolando Villena, planteó ayer incorporar en el proyecto del Código de Familia, que se debate en la Asamblea Legislativa Plurinacional, la “figura” de una institución análoga al matrimonio o unión libre para las personas del mismo sexo que decidan conformar una familia.

“Tomando en cuenta el reconocimiento internacional de los derechos de la población GLBT ( Gays, Lesbianas, Bisexuales y Transexuales) y la prohibición a toda forma de discriminación, explícita en la Constitución Política del Estado, consideramos que se debe incorporar en el Código una institución análoga al matrimonio o unión libre de hecho para personas del mismo sexo, regulando efectos legales, respecto a bienes gananciales, sucesiones, seguridad social a corto y largo plazo, asistencia familiar, administración de bien y representación legal, extinción del vínculo y efectos, además de otros relativos”, señaló.

Villena destacó que el proyecto de la nueva normativa presente avances importantes en términos de procedimientos y definiciones sustantivas, sin embargo, observó algunos vacíos como el referido a la protección de las mujeres.

Al respecto, plantea que se les permita a las mujeres “el derecho a la paternidad” contra los progenitores que sean sentenciados por violencia sexual contra sus hijos e hijas, sin que ello implique la pérdida del apellido, también sugiere que se deba considerar la asistencia familiar a favor de las mujeres y no sólo para los hijos e hijas, más aún en casos de discapacidad de la madre.

Otra de las observaciones efectuadas por el Defensor del Pueblo hace referencia a situación de calle de mujeres que han sido embarazadas por violación sexual, quedando desprotegidas tras el alumbramiento.

Asimismo, dijo que la Defensoría identifica deficiencias en la norma respecto a la ausencia de una definición, inclusión y reconocimiento de los modelos y procedimientos en los que se organizan las familias en más naciones y pueblos indígenas originario campesino, invisibilizando las características intraculturales y formas específicas respecto a la organización de la institución familiar.

En cuanto a los temas de divorcio dijo que el proyecto no incluye la consulta a niños, niñas y adolescentes respecto a la disposición de bienes comunes, la tutela, las reglas para determinar su relación con sus padres separados y declaración en casos de divorcio.

Asimismo, la normativa debería establecer con claridad las condiciones que asegure el cumplimiento de la asistencia familiar sin interrupciones y que el Estado debe ser corresponsable en los procesos judiciales contra los padres que no acatan la obligación y asegurar la asistencia familiar cuando el padre esté impedido, no sea habido o se niegue a cumplir.

Por ello sostuvo que el Código de Familias debe permitir viabilizar el ejercicio de los derechos individuales y colectivos “que deben ser la base de toda forma de organización y de construcción social”.

 
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