Fiscal fue sancionado bajo justicia comunitaria

La autoridad no asistió a la convocatoria de la comunidad para brindar un informe sobre un caso de agresión grave.


Chui fue sancionado con el surqueo de tierra.

Comunarios de Queascapa, cantón puerto Chahuaya de la tercera sección de Carabuco en la provincia Camacho, determinaron la primera sentencia de justicia comunitaria en contra del fiscal Leopoldo Chui, a quien condenaron por no asistir a presentar el informe en un proceso penal.

La autoridad de la justicia ordinaria fue sancionada con la realización del surqueo de tierra.

“El suscrito no estuvo en la reunión y han emitido esta resolución en la que se me impone un castigo leve, que mi persona está de acuerdo en cumplir porque tanto el fiscal general como el de distrito, nos han capacitado para que nosotros seamos respetuosos con la norma indígena”, aseveró.

En el marco del respeto, Mauricio Huanto, a nombre de la comunidad, también solicitó al Fiscal que luego de asumir la sanción no existan represalias por parte de la justicia ordinaria ya que se teme que pueda ser solicitada la detención de las autoridades comunitarias.

En la localidad, que se encuentra ubicada a más de cuatro horas de viaje desde la sede de Gobierno, las autoridades de la justicia comunitaria, dirigidos por el representante de la localidad de Queascapa Mauricio Huanto, aguardaban ayer el arribo del representante del Ministerio Público para luego definir el procedimiento de la deliberación de argumentos por los cuales justificaron la aplicación de la sanción.

Los representantes de las diferentes comunidades donde el fiscal Chui debe atender los procesos judiciales, Puerto Acosta, Mocomoco, Charasani y Carabuco, estuvieron presentes, así como los litigantes en la justicia ordinaria de un supuesto delito por lesiones graves, caso en el cual el fiscal Chui debía presentar su informe el pasado 20 de febrero, acción que no fue realizada y por la que fue castigado.

En el debate, los representantes comunitarios, la mayoría varones, hablaron, mayormente en aymara, aclarando que dicha instancia “no castiga severamente con golpes o procedimientos extremos como los linchamientos y que, por el contrario, dieron las garantías suficientes a la autoridad del Ministerio Público, para que cumpla la sanción sin ningún temor”. Asimismo, Chui aclaró que la posibilidad de que el Ministerio Público remita todos los obrados de un conflicto entre dos familias a la comunidad para analizar su competencia depende del juez de la causa.

“Tengan la seguridad que yo remitiré un informe cada dos semanas de qué acto investigativo vamos hacer en el caso que fue denunciado ante la justicia ordinaria. El compromiso mío es que todo acto que se llegue a realizar la comunidad conocerá porque ambas jurisdicciones, ordinaria y comunitaria, se tienen que colaborar y respetar, ambas, porque en la Constitución dice que son iguales, ninguna está superior a la otra”, explicó Chui a tiempo de aceptar la sanción de la justicia comunitaria, toda vez que le fue garantizado que esta no sería una sanción extrema.

El Fiscal explicó que si bien su persona no se encontraba en la reunión convocada por la comunidad el pasado el 20 de febrero, su ausencia se debió a razones laborales. Ante esto, Chui solicitó a las autoridades comunitarias que apliquen el mismo procedimiento a otras autoridades del Municipio, la Gobernación y otras instancias que no asistan a sus reuniones programadas, en respeto tanto a los comunarios como a la misma organización que los cite.

SENTENCIA

Los representantes de la Justicia Comunitaria, entre ellos Félix Calisaya, Mauricio Huanto y exautoridades de la comunidad, así como Edgar Chambi estuvieron presentes en el proceso junto a la representante Angélica Mayta de Tarabuco, quien a nombre de las mujeres agradeció la presencia del fiscal Chui pero solicitó que en estas dos instancias no exista ninguna parcialidad en favor de una u otra familia implicadas en el caso. Luego del debate se determinó la sentencia, que consistió en realizar tres cosechas de papa en tres surcos elegidos, siendo dicha determinación la sanción aplicada a la conclusión del acto.

Se determinó que el castigo sea cumplido a las afueras de la unidad educativa de la comunidad, donde debía trabajar tres surcos, cada uno de más de tres metros de extensión. Dicha determinación fue criticada sobre todo por las mujeres de la comunidad quienes no sólo observaron que el fiscal Chui no se encontraba con ropa de trabajo, sino que la sanción no sería calificada como leve ante la falta de experiencia agrícola que puede tener esta autoridad en el área rural, más aún cuando los surcos, en la mayoría de los casos, son realizados con ayuda de animales de ganado y no sólo manualmente.

“Que saque tres plantas de papa y listo, eso va a ser todo”, fue la determinación de una de las autoridades comunitarias, quien definió la característica de la sanción en contra de una autoridad del Ministerio Público.

Carmiña Moscoso

Enviada especial

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