Alcalde Revilla sobre campaña política

Si dañan bienes públicos deben hacerse responsables



UNO DE LOS PINTADOS QUE REALIZAN LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS A FAVOR DE UNA DE LAS OPCIONES.

El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP) a través del alcalde, Luis Revilla afirmó que la exigencia de pedir autorización municipal a quienes quieran realizar campañas proselitistas en plazas y en otros espacios públicos, rumbo al Referéndum del 21 de febrero de 2016, es el de responsabilizar a las organizaciones políticas si es que se ocasiona daño al ornato público.

“Si nadie pide autorización y si se produce un daño el ornato público ¿a quién le pedimos cuentas?, por eso es que alguien tiene que ir, tiene que pedir autorización y tiene que hacerse responsable si es que causa algún daño al ornato público”, explicó en referencia a las competencias municipales.

La autoridad recordó que durante el periodo de campañas electorales se puede hacer uso de hasta el 30 por ciento de una plaza o parque, y el resto debe quedar libre para que otras personas puedan disfrutar del área pública.

Las explicaciones fueron proporcionadas en el marco del cumplimiento del periodo electoral establecido por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) rumbo al Referéndum para la Reforma Parcial de la Constitución Política del Estado (CPE), sobre la reelección del Presidente y Vicepresidente para el periodo 2020-2025, y las atribuciones municipales que tiene el GAMLP.

Revilla agregó que el trámite de autorización también busca dar prioridad a la organización política que haya iniciado primero la diligencia en solicitar un determinado espacio público, para así evitar que muchas tiendas políticas u organizaciones civiles que realicen campaña copen todos los espacios.

Aseguró que no es necesario cumplir ningún requisito aparte de la solicitud y que el permiso se concederá en un plazo de 24 horas. Hasta la fecha dijo que ninguna organización lo pidió.

La autoridad edil precisó que según las leyes municipales, las plazas no pueden ser ocupadas en más del 30 por ciento de su espacio cuando se llevan adelante actividades electorales. También recalcó la prohibición de colocar propaganda electoral en monumentos, edificios públicos, verjas, jardineras, parques, bancos, esquinas, rotondas, cruces, etc. La sanción pecuniaria a los infractores consiste en multas desde 500 hasta 20 mil bolivianos.

 
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