¿Magistrados de segunda?

Israel Adrián Quino Romero

Cada vez es más inconcebible. Mientras las estructuras del poder político avizoran un proyecto de cambio al sistema judicial, de éste emergen cada vez sorpresas que van desde lo sardónico hasta lo apocalíptico. Quizás oír en declaraciones públicas, de una fracción de la pléyade del Órgano Judicial, que hubo “presuntas” irregularidades en la toma de exámenes a un grupo de postulantes a jueces y vocales, no es tan novedoso para nuestro tiempo en la lógica conclusiva del imaginario social sobre estas disyuntivas.

Sin embargo, dejar entrever que estos candidatos a la magistratura fueron a “desquite”-cual escolares finalizando el año- es no solo inaudito sino inadmisible. Si esta es la realidad post cumbre judicial, más allá de especulaciones y de ser verídicas esas versiones, en vez de refundarla seguro la refundirán.

El numeral IV del Art. 183 de la Ley del Órgano Judicial (2010) prevé las atribuciones del Consejo de la Magistratura en materia de recursos humanos, y describe procesos de: convocatoria, selección, designación y evaluaciones periódicas a las y los administradores de justicia, así como a su personal de apoyo judicial; concordante con el numeral 8 del artículo 195 de la Constitución Política del Estado; sin embargo condiciona para este cometido la calificación de méritos y exámenes de competencia. Respecto a los vocales de los tribunales departamentales, el órgano responsable del régimen disciplinario solo remite listas al Tribunal Supremo de Justicia para que esa máxima instancia los elija por la mitad más uno de los votos de sus miembros (6 ministros).

Los próximos jueces y vocales serán elegidos por la instancia que corresponda según previsiones de ley; en ambos casos el rol de los Consejeros de la Magistratura es determinante, como lo fueron las declaraciones de una parte de ellos denunciando el segundo turno (2T). Si bien el presidente de esa instancia afirma que se obró con las formalidades debidas y que todo ese proceso está debidamente documentado, el principio de buena fe es el que debe primar. En cualquier circunstancia habrá que augurar que no llueva sobre mojado, y que en el fondo se conozca los pormenores de este proceso y los próximos magistrados no sean como la cueca: con segundita.

El autor es periodista.

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