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Retrocede tras amenazas

Juez declara improcedente acción contra repostulación

Una de las demandantes acusa de “prevaricato” la acción del juez Alberto Zeballos. Antes de la decisión judicial, el diputado masista, Sergio Choque, amenazó con procesarlo mientras que el ministro Manuel Canelas lo desautorizó


LOS ACTIVISTAS QUE PRESENTARON LA ACCIÓN CONTRA LA REPOSTULACIÓN DE EVO MORALES, ALVARO GARCÍA Y CONTRA LOS VOCALES DEL TSE.

De manera repentina, el juez Alberto Zeballos decidió dar marcha atrás en la admisión que había hecho de una acción de cumplimiento contra la repostulación de Evo Morales, después de que parlamentarios del MAS y funcionarios del Gobierno protestaron contra su decisión y le amenazaron con procesos.

El juez había admitido la acción de cumplimiento presentada por siete activistas de plataformas y colectivos ciudadanas, pero ayer después de los pronunciamientos de políticos, la autoridad judicial de oficio decidió revocar esa decisión y declarar improcedente la demanda.

Se “declara la improcedencia de la acción de cumplimiento interpuesto por los señores María del Carmen Morales de Prado, Héctor Julio Sapag Zeballos, Lourdes Ignacia Valdiviezo Vaca, Rolando Descarpontriez Arteaga, Cecilia López Ortiz y Eduardo Gutiérrez Monasterio, por ser de improcedencia manifiesta”, cita la resolución de Zeballos.

En su resolución, el juez argumenta que está realizando un “saneamiento” del procedimiento de oficio debido a que se omitió algunas observaciones contrarias al Código Procesal Constitucional.

Zeballos declaró improcedente la acción de cumplimiento en base a dos argumentos principales:

El primero es que la Sentencia del Tribunal 084/2017, que permite la reelección indefinida, ya tiene calidad de cosa juzgada y no cabe revisión.

El segundo es que los accionantes deberían primero reclamar a los demandados, en este caso el Tribunal Supremo Electoral, el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García.

En el texto se sostiene que los accionantes no probaron de forma documentada que se haya reclamado previamente a las autoridades demandadas.

En ese entendido, a pesar de haber admitido en un inicio la acción, ahora la declaró rechazada “in límine”, es decir desde el comienzo del proceso.

TRAS AMENAZAS

La decisión judicial viene después de declaraciones de autoridades que rechazaron la Acción de Cumplimiento bajo el argumento de la sentencia 084/2017 ya era cosa juzgada. El diputado Sergio Choque incluso anunció un proceso disciplinario contra el juez por haber admitido la demanda.

La acción de cumplimiento se planteó contra el Tribunal Supremo Electoral (TSE), el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García Linera, para que cumplan el artículo 7 de la Constitución Política del Estado, el cual dispone que la soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada”, pero además “es inalienable e imprescriptible”.

Según la demanda, la voluntad del pueblo se expresó en los referendos en que se aprobó la Constitución y se ratificó el artículo 168, por lo cual el Tribunal Constitucional no puede pasar por encima de esa decisión.

 
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