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Hacen causa común con el prorroguismo


 

Una posición inquietante y sorprendente es la de pretender que los diputados, senadores y funcionarios en general gocen del mismo privilegio del presidente y vicepresidente del Estado de poder ser candidatos sin renunciar tres meses antes del día de la elección. El artículo 238, inciso 3, de la Constitución Política determina que tanto los que se encuentran en ejercicio de cargos electivos o en funciones públicas deben cumplir ese mandato constitucional para habilitarse como candidatos, excepto ambos personajes.

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) mediante una controvertida sentencia del año 2017, establece que en aplicación del Pacto de San José de Costa Rica es procedente la reelección indefinida de dichas altas autoridades por tratarse de un derecho humano. Para dar vía libre a la indicada reelección, el TCP argumenta en sentido de que Bolivia es firmante de este pacto y que según la CPE los tratados internacionales forman parte de la constitucionalidad del Estado. Al presente el gobernador de La Paz y la diputada Noma Piérola, cada uno por su parte, se identifican con la sentencia señalada. Inclusive la diputada ha interpuesto una acción de inaplicabilidad del mencionado artículo 238, actuando de idéntico modo y solidarizándose con lo efectuado para lograr la reelección del binomio oficialista.

La sentencia favorable a Evo Morales y Álvaro García ha derogado instrumentalmente y en los hechos el artículo 168 de la CPE, que solamente reconoce una reelección continua de ambos altos cargos del Ejecutivo. Así el TCP asumió una prerrogativa derogatoria que por ley no tiene. Tampoco tuvo en cuenta la disposición 410 de la CPE, en cuya normativa jerárquica y de cumplimiento irrevocable se ubica en primer lugar a la Constitución.

Es contradictorio desde todo punto de vista que quienes se mostraron radicales opositores a la reelección presidencial y criticaran en tono subido la decisión constitucional, no solo por quebrantar la Carta Magna sino por desconocer el voto soberano del Referéndum de febrero de 2016, ahora, por conveniencias personales, incurran en flagrante contradicción.

Tampoco se detienen ante la convalidación que otorgan a la postura oficialista de perpetuación en el poder. Sin duda que si la demanda recibe el espaldarazo del Constitucional –como es muy probable- el masismo lo explotará a su favor como bandera de justificación. Hay en esta solicitud anti institucional una grave falta de ética que echa por tierra una labor opositora tenaz y que entonces fue válida.

 
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