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La independencia estatutaria de los magistrados

Álvaro Numbela T.

El funcionamiento nefasto de nuestras instituciones no deja de llamar la atención, estamos frente a un manejo inadecuado de las instituciones del Estado. Siendo éste evidencia, la única causa de la tensión social se concreta en bloqueos, vigilias, sanciones que se pide y otros pereques. Todavía aún más, a 1 de septiembre de 2020, la Sala Constitucional de Justicia del Tribunal de Justicia de La Paz decreta un “empate técnico” en un recurso de Amparo. Actuación chistosa que demuestra que no se sabe decidir o APLICAR la ley.

La realidad del Poder Judicial

Unos dirán que él no existe en el momento actual. Pero la realidad demuestra aquello que enseña el Prof. Roberto Dromi, cuando sostiene: “al Poder Judicial se le ha encomendado, por mandato constitucional, la consecución de uno de los objetivos fundamentales de la comunidad política, cual es el de afianzar la justicia” (1). Pero en Bolivia ¿cómo funciona la justicia “democrática” de hace 14 años?, ¡con elecciones de “magistrados”!, realidad que no hace cuenta que el magistrado se forma en 30 años de servicios continuos, sobre la misma especialidad y que ellos se encuentran dentro del cuerpo judicial. Sin embargo de esta precisión, la justicia llamada “democrática” tiene la última palabra y el Poder de escribir la historia.

En efecto, hay una fase de aquella justicia que abre la puerta hacia una etapa nueva de terrorismo, aquí no hay negociación, ninguna prueba que valga, se sigue anunciando bloqueos, se pide sanciones para los juzgadores, se instala vigilias por todas partes, mientras se espera un Fallo elemental. En síntesis, las posturas guerrilleras con armas no dejan otro camino que el de la violencia.

Con la marcha de nuestras instituciones se da la búsqueda de Vocales dirimidores, en casos que no se resuelven y que tienen pasos posteriores de revisión. En breve, se da paso a una cierta brutalidad de deseos que se ha instalado al interior de nuestro país.

Las armas del Derecho

Garantizar la INDEPENDENCIA Estatuaria de la función judicial, puesta dentro de una Constitución ¡por el Soberano!, son las armas del Derecho que pueden poner fin al ciclo de la violencia.

Entrar a una fase de reconstrucción del sistema judicial, es la primera significación para imponer el imperio de la ley. Restituir al pueblo sus valores, su pasado y los derechos que fundan nuestra comunidad política. Sabemos que en la arena de un proceso no hay enemigos, solo existen las partes y sus abogados. Se juzga responsabilidades individuales. Se acude a testigos y documentos, de esta manera concreta se intercambia argumentos. Los puntos de vista pueden ser expresados con total libertad.

El Estado detentador de la fuerza legítima hace que avancemos en democracia hacia la verdad, neutralizando los enfrentamientos. Por ello es un deber para los Poderes Políticos garantizar la INDEPENDENCIA Estatutaria de los Magistrados de Verdad, para superar la justicia sospechosa de dependencia frente al poder político. Todo lo cual se cumple con la separación de poderes, competencias del Ejecutivo, del Legislativo y reforzando el Consejo de la Magistratura en su facultad disciplinaria.

Por consiguiente, corresponde limitar al Ejecutivo y al Parlamento con la redacción fácil de un Estatuto de la Magistratura. Idea de reforma que puede alcanzar también a la realidad candorosa del Ministerio Público.

(1) Dromi Roberto: El Poder Judicial. Ediciones Ciudad Argentina. Buenos Aires 1996. Pág. 33.

 
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Usurpado el 7 de octubre de 1970, por defender
la libertad y la justicia.
Reinició sus ediciones el primero de septiembre de 1971.

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