POLÍTICA    

Williams Bascopé Laruta

Exmandatario busca convulsionar Bolivia



La intención de Evo Morales que pretende habilitarse como candidato a senador por el Movimiento Al Socialismo (MAS) es una jugada política peligrosa que debe poner en alerta a todos los candidatos, partidos y alianzas porque lo que él busca es retornar al país y desde el Legislativo tratar de copar nuevamente el poder a través de sus movimientos sociales y buscando convulsionar el país, según el análisis del experto constitucionalista, Williams Bascopé Laruta.

“La jugada de Evo Morales es más que todo política, podría acceder a una candidatura y desde ahí liderar a su gente y lo más peligroso para nuestro país es que va a pretender convulsionar. Es la misma jugada que ha hecho Cristina Fernández con la diferencia que Cristina nunca salió de su país, pero Evo Morales, salió escapando de manera muy cobarde de Bolivia”, dijo Bascopé.

El jurista afirmó que ser candidato al Legislativo es una de las posibilidades que maquina Morales para retornar a la vida política de Bolivia. Anotó que hasta la fecha no tiene un pliego de cargos en los procesos penales que tiene en su contra en la Fiscalía y tampoco tiene una sentencia ejecutoriada.

Sin embargo, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) puede observar su residencia dado que uno de los requisitos para que un candidato sea habilitado, es tener una residencia en Bolivia de dos años como mínimo, antes de su postulación.

Morales dejó el país el 10 de noviembre de 2019, después que renunció a la Presidencia y actualmente radica en Buenos Aires Argentina desde donde manda las directrices de su partido y escoge a sus candidatos.

“Tal vez ese punto de haber abandonado el país, si no justifica con los requisitos de permanencia y residencia en Bolivia, se lo puede inhabilitar. Por lo demás, posiblemente cumpla los requisitos”, afirmó Bascopé.

El artículo 149 de la Constitución Política del Estado dispone como requisito para candidato al Legislativo es “haber residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente”.

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