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Analista Carlos Alarcón:

TCP impone decisión pese a resultado del 21F



Carlos Alarcón presentó el memorial de complementación ante el TSE.

El constitucionalista Carlos Alarcón señaló que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) impone el fallo para la reelección indefinida de Evo Morales pese al resultado del 21F, cuando pueblo rechazó la posibilidad de una segunda reelección consecutiva presidencial.

La decisión TCP -dijo- es llevada adelante ignorando que la misma entidad formuló una sentencia constitucional el 21 de octubre de 2015, que establece que la relección indefinida afecta a la democracia y sólo se puede aplicar esa figura, a través del cambio de la Constitución Política del Estado, mediante una nueva Asamblea Constituyente.

“La sentencia del TCP que habilitó la reelección indefinida de Evo Morales es inaplicable y de cumplimiento jurídico imposible, como efecto de una decisión previa del mismo Tribunal Constitucional, mientras no se incorpore, a través de una asamblea constituyente”, explicó el constitucionalista.

El 21 de Octubre de 2015, el Tribunal Constitucional emitió una resolución que afirma que “la reelección indefinida afecta a la democracia y a los principios básicos de la Constitución y su incorporación a la Constitución requiere de una nueva Asamblea Constituyente”. Esta sentencia es formulada para viabilizar la realización del Referendo de 2016.

La misma sentencia también determina que “la reelección indefinida afecta a los principios básicos de la Constitución, razón por la que requiere una reforma total, a través de una nueva Asamblea Constituyente, no siendo suficiente para su incorporación al régimen constitucional una reforma parcial.

NORMA

Con estos fundamentos Alarcón manifestó que la Declaración Constitucional 193/2015 tiene efecto obligatorio y vinculante para el Tribunal Supremo Electoral (TSE), conforme lo dispone el Código Procesal Constitucional.

El parágrafo II del artículo 15 de dicha norma instituye que “las razones jurídicas de la decisión, en las resoluciones emitidas por el TCP constituyen jurisprudencia y tienen carácter vinculante para los órganos del poder público, legisladores, autoridades, tribunales y particulares”.

El jurista presentó ante el TSE un memorial de complementación, donde exige a esta instancia que haga cumplir con los resultados del referendo del 21 de febrero de 2016, donde el 51.34 por ciento de la población dijo no a la repostulación de Evo Morales.

Por otra parte Alarcón indicó que para incorporar la reelección indefinida en el texto de la Constitución requiere la realización de un Referendo de Inicio que apruebe o rechace la convocatoria para la conformación de una Asamblea

 
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