Tendencia a abrogar norma crece en la región

Desacato se aplica en mitad de los países de Sudamérica

CN continuará impulsando medidas para eliminar el precepto establecido en el Art 162 del Código de Procedimiento Penal de Bolivia.


Detención de senadora opositora el 26 de enero abrió la lucha contra el desacato.

De 19 naciones de la región, 10 aún mantienen vigente la figura del desacato en sus legislaciones, de acuerdo a datos extraídos de los Códigos Penales de cada país. Esta figura penal, continúa generando polémica en Bolivia, donde la opositora Convergencia Nacional (CN) impulsa una campaña ciudadana para que se abrogue el Art. 162 del actual Código de Procedimiento Penal.

Entre los países que mantienen vigente la figura del desacato se encuentra: Perú con el Art. 374 de su Código Penal; Venezuela en el Art. 223 del Código Penal; Brasil en el Art. 331 de su normativa vigente; Uruguay en el Art. 138 y Bolivia en el Art. 162 del Código de Procedimiento Penal; mientras en Ecuador movimientos cívicos y políticos han solicitado la eliminación de este precepto desde el mes de noviembre de 2011.

En la legislación boliviana, el artículo 162 del Código Penal señala sobre esta figura: “(Desacato) El que por cualquier medio calumniare, injuriare o difamare a un funcionario público en el ejercicio de sus funciones o a causa de ellas, será sancionado con privación de libertad de un mes a dos años”.

El senador de Convergencia Nacional (CN), Roger Pinto, mencionó que ese frente político prosigue las medidas vigentes para anular el desacato, por considerar que cuarta la libertad de expresión para cuestionar la forma de proceder del Gobierno son y para tal efecto aplicarán el llenado de libros con firmas de la ciudadanía, además de haber solicitado a las Naciones Unidas que intervenga en el tema.

Pintó señaló que la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, expresó que mantener vigente el desacato, es contradictorio a los tratados internacionales que están vigentes y que se considera a la misma como una figura de obstrucción de la capacidad fiscalizadora e investigación al poder establecido.

Ante esta postura mencionó que después de la visita realizada por miembros de CN a la representante de la ONU en Bolivia, Yoriko Yasukawa, hizo llegar una carta al Gobierno boliviano solicitando que los gobernantes deben revocar la figura citada.

El legislador y jefe de bancada de CN resaltó que en el transcurso de la presente semana se presentará un recurso de inconstitucionalidad sobre este precepto legal, apoyados por los tratados internacionales que se firmaron y reconocieron en la Constitución Política de Estado (CPE).

“Es necesario que por el lado del Senado, se avance en un proyecto de ley que establezca de manera clara el tema de inconstitucionalidad. Se ha demandado la existencia de violación de la CPE, debido a que nosotros como parlamentarios tenemos funciones muy específicas; el Art. 151 de la Constitución Política del Estado, dice que no podemos ser procesados por opiniones, investigaciones, pero nos preguntamos si eso se cumple” dijo.

Por tanto, Pinto resaltó según su perspectiva, que proceder con la aplicación de las sentencias planteadas en el Art 162 del Código Penal, sólo se realiza con el objetivo de la judicialización de la justicia y obstruir el trabajo fiscalizador que debe realizar el congreso o Asamblea Legislativa.

Por su parte, la anterior semana la presidenta de la Cámara de Diputados, Rebeca Delgado, expresó que contar con un artículo que haga mención a castigos contra personas que cometan desacato es una postura adoptada por la mayoría de los países latinoamericanos, debido a que de esa manera se protege a las autoridades gubernamentales y de todo el aparato estatal.

 
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