Publicidad

    


Exmagistrados pueden ser procesados por prevaricato

• Unidad Demócrata pide al presidente del TCP, Petronilo Flores, explicar el “fraude procesal” en el fallo que validó la repostulación de Morales


BANCADA DEL MAS PRESENTÓ EL 18 DE SEPTIEMBRE EL PEDIDO AL TCP PARA HABILITAR A MORALES A UNA REELECCIÓN INDEFINIDA.

Los exmagistrados del Tribunal Constitucional (TC) que habilitaron a Evo Morales a una reelección indefinida mediante la sentencia constitucional 0084/2017, pero que la misma fue citada en un fallo dos meses antes en el caso Focas, pueden ser procesados de forma penal bajo el delito de prevaricato, según plantearon varios políticos de la oposición y expertos en Derecho Constitucional.

“Un manejo ilegal de estas sentencias pueden ser procesados por prevaricato, esto va a quedar como un antecedente, han tratado de justificar lo injustificable y decir que fue un error de dedo. Por supuesto que la gente no cree que este error y pone en evidencia que se estaba preparando una sentencia a favor de Evo Morales”, explicó el asambleísta departamental Edwin Herrera.

IRREGULARIDADES

El pedido de enjuiciar a los exmagistrados surge tras conocer la sentencia 0996/2017 de septiembre de 2017, donde concede la tutela del amparo constitucional a Samuel Doria Medina para que sea apartado de la investigación del caso Focas, en este fallo se menciona la sentencia del 28 de noviembre que habilita a Evo Morales a una reelección consecutiva.

En uno de los párrafos de la sentencia 0996/2017 establece “…de igual forma se evidenció la omisión del control de convencionalidad que rige en nuestro ordenamiento jurídico, toda vez que, conforme expresó la SCP 0084/2017 de 28 de noviembre: …este Tribunal, los jueces ordinarios y en fin todos los órganos del poder público tienen el mandato imperativo de proteger los derechos fundamentales, a través del control de constitucionalidad y convencionalidad, que no solo alcanza a las normas infra constitucionales sino a la Constitución misma…”, detalla el fallo.

El recurso de inconstitucionalidad abstracta que presentó los asambleístas del Movimiento al Socialismo (MAS) fue el 18 de septiembre y siete días después el TCP emite el fallo a favor de Doria Medina.

ES ILEGÍTIMA

Para el jurista y analista político Carlos Böhrt, “la sentencia 0084 es ilegítima y carece de los argumentos necesarios como se ha venido analizando y discutiendo y carece de todos los argumentos que pretendan validarla”.

Asimismo dijo que “no es posible que el 25 de septiembre ya existía la sentencia del 28 de noviembre y que la transcriban en la primera sentencia. Eso materialmente no es posible”, afirmó el experto y agregó que este hecho debe ser investigado con todo rigor.

“Si la sentencia del caso Focas salió el 25 de septiembre y la sentencia de Evo Morales salió el 28 de noviembre, ésta segunda ya estaba redactada antes del trámite y los magistrados que firman la sentencia 0084 cometieron delito y deben ir a la cárcel”, afirmó Böhrt.

NULIDAD

En ese marco, el abogado constitucionalista Carlos Alarcón y la posición están pidiendo que se declare nula la sentencia que habilita a Evo Morales a repostularse de forma indefinida.

“Los exmagistrados conocían la existencia de esta sentencia (que habilita la repostulación de Morales) antes de que fuese publicada, se han saltado el control de convencionalidad, que tiene que controlarse con las normas internas en función de la Convención Americana de Derechos Humanos con la sentencia que habilita a Evo Morales, se omitieron procedimientos fundamentales lo cual vicia la sentencia y por supuesto debe generar la nulidad del mismo”, argumentó el senador de UD, Edwin Rodríguez.

En esa misma línea, Alarcón advirtió de estas irregularidades en el fallo en cuestión y anticipó que presentará un memorial al TCP para que este declare nulo el fallo 0084/2017.

JUSTIFICACIÓN

Ante esto, el exmagistrado del TCP Zenón Bacarreza admitió que “por un error involuntario se consigna la fecha 25 de septiembre de 2017 (...), de tal modo que podemos mencionar que la sentencia emitida el 28 de diciembre de 2017 fue básicamente de carácter legítimo efectuada por los magistrados suscribientes”.

Para los opositores estas justificaciones no son válidas, advierten con iniciar una demanda penal contra los magistrados por el delito de prevaricato, puesto que se vulneraron procedimientos y no actuaron de manera imparcial. Además que no se respetó la constitución política del estado y los resultados del 21 de febrero de 2016.

El diputado del MAS Lino Cárdenas justificó este accionar y aseguró que el fallo que habilita a Morales a su repostulación es irrevisable. Para corregir estos errores se debe presentar un recurso de complementariedad y enmienda para cambiar la fecha del fallo del caso Focas.

INFORME

Por otra parte, los legisladores de Unidad Demócrata enviaron una solicitud de Petición de Informe Oral al presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional, Petronilo Flores, con la finalidad de que explique el supuesto “fraude procesal” en el fallo que validó la repostulación de Morales.

“Hemos presentado una petición oral al presidente del TCP, Petronilo Flores, para que pueda comparecer ante la Cámara de Senadores para que pueda explicar cómo se hacen ciertas manipulaciones que se han denunciado, como fraude procesal respecto a la sentencia 084 de 2017 que habilita al presidente Morales para una repostulación indefinida”, confirmó Rodríguez.

 
Revistas
Publicidad
Portada de HOY

JPG (827 Kb)      |       PDF (410 Kb)



Cotizaciones
1 Dólar:6.96 Bs.
1 Euro:8.49 Bs.
1 UFV:2.24316 Bs.

Publicidad

Publicidad