Plantean cárcel para menores que conduzcan vehículos


En la Asamblea Legislativa Plurinacional se trabaja en una ley que tiene el objetivo de prohibir la conducción de vehículos a todo menor entre 16 y 18 años. El documento plantea sanciones de uno a 10 años de privación de libertad para las personas que la infrinjan.

La propuesta de norma fue presentada el jueves 12 de noviembre ante la Comisión de Gobierno de la Cámara de Diputados por la legisladora Beatriz Capobianco y con copia a la Presidencia de la Cámara Baja.

INICIATIVA

Capobianco comenta que la decisión de impulsar una norma con estas características se debe a los diferentes accidentes de tránsito que se registran, sobre todo cuando personas mayores de edad dejan en manos de menores la responsabilidad de un vehículo.

“Empezaron a darse algunos accidentes en Santa Cruz protagonizados por menores de edad y eso me llamó la atención, porque los menores de edad, dentro de sus argumentos de defensa, decían que tenían autorización para manejar. Y yo tenía entendido que de acuerdo al Código de Tránsito los menores de edad no están autorizados”, indicó al periódico digital Oxígeno.bo.

NORMAS

El Código de Tránsito aprobado en 1973 sólo permite que personas mayores de 18 años adquieran las licencias de conducir y no así menores de hasta 16 años como lo hace el Servicio General de Identificación Personal (Segip) en base a una resolución aprobada de 2013.

El Reglamento Técnico Operativo de Licencias para Conducir del Segip reconoce a personas mayores de 16 años para ser acreedores de autorizaciones provisionales de 90  días, prorrogable por iguales períodos hasta un máximo de 2 años, con validez en todo el territorio nacional.

Capobianco sostiene que hasta esta gestión el Segip otorgó más de 700 licencias de conducir a menores de 18 años. (Oxígeno)

 
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