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Pese a ser información pública

Felcc no extiende datos estadísticos

• La Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la información en su artículo 106, pero la Dirección Nacional dela Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen da a conocer que el memorándum 014/2017, prohíbe proporcionar información de datos estadísticos, pese a tratarse de casos de orden público.


FRONTIS DE LA FELCC.

En los medios de comunicación, como el caso de EL DIARIO, cada conclusión de gestión se desarrolla diferentes trabajos especiales (anuarios), cuyo contenido requiere datos actuales, que permitan evidenciar, por ejemplo, el crecimiento o reducción de los índices de criminalidad.

Esta información que es pública no puede ser extendida por parte de la Dirección Nacional dela Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc), bajo el argumento de que “un memorándum lo prohíbe”, lo que quiere decir que “un memorándum estaría por encima de la Carta Magna”.

La solicitud de información de EL DIARIO fue realizada el 20 de octubre pasado y estuvo dirigida al Director Nacional de la Felcc, coronel Hernán Meyer, a los cinco días, mediante la carta Cite Nº 01347/2017 la mencionada autoridad gentilmente respondió la solicitud, dando a conocer la negativa a dicha solicitud por parte del encargado de estadísticas de la Dirección Nacional Felcc. La misiva de rechazo fue firmada por el Sub oficial segundo Celso Choque.

El informe resalta en su contenido lo siguiente: “queda terminantemente prohibido proporcionar información de datos estadísticos y mucho menos difundir los registros cualitativos de la información en línea de los diferentes casos atendidos en forma directa a entidades públicas e instituciones públicas, privadas, particulares y otras. Puesto que la única instancia para proporcionar información de estadísticas policiales cualitativas es la Dirección Nacional Planeamiento y Operaciones a través del Departamento Nacional de Estadísticas del Comando General de la Policía Boliviana” (Memorándum del 23 de octubre firmado por Choque).

Al mismo tiempo se llegó a extender el Memorándum circular Nº 014/2017, para ratificar oficialmente la negación a información de estadísticas, la misma que fue enviada desde el 12 de abril del presente año a las Direcciones Nacionales de la Felcn, Felcc, Diprove, Interpol, Tránsito, Felcv y hasta Bomberos en los diferentes departamentos del país con el siguiente temario: “Queda terminantemente prohibido proporcionar información de datos estadísticos y mucho menos difundir los registros cualitativos dela información en línea de los diferentes casos atendidos en cumplimiento al memorándum circular Nº 010/2017del 28 de marzo (…)”, establece que documento.

El documento también advierte a las direcciones o comandos como directos responsables de cualquier acción u omisión de los servidores públicos, que la “contravención a la presente disposición; que dará a lugar a la adopción de medidas disciplinarias de conformidad a disposiciones legales y vigente”, aspecto que nuevamente reafirma que en orden de prelación de las normas vigentes en el país y de acuerdo a la pirámide de Kelsen, no se responde a los artículos constitucionales, sino a los memorándums internos de la Policía Boliviana, que en este caso si bien hace referencia al Decreto Ley 14100, dicha norma no prohíbe en ninguno de los artículos la entrega de datos estadísticos de orden público, sino por el contrario, solo reconoce que “la actividad estadística, es el conjunto de procedimientos, métodos y técnicos de recolección, elaboración, análisis, procesamiento y divulgación de datos estadísticos encaminados a la obtención de indicadores económicos sociales (…)”.

Como sugieren los procedimientos burocráticos de la Policía Boliviana, en fecha 25 de octubre, EL DIARIO en base a la carta G.G.0820/2017, solicitó nuevamente los datos estadísticos correspondientes al Comando General de la Policía Boliviana, dicha solicitud si bien fue atendida en pasados días, de acuerdo a la información recabada ayer, será entregada en horario de oficina este próximo lunes 20 del presente mes. Procedimiento que ratifica la documentación de aplicar normativas internas que obstaculizan el cumplimiento de la propia Constitución Política del Estado (CPE) y del trabajo periodístico.

 
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