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ANP propone acción de libertad para Fernández


(ANP).- La liberación inmediata del médico Jhiery Fernández a través de una acción de libertad basada en el artículo 125 de la Constitución Política del Estado (CPE) que otorga la protección a toda persona “indebidamente procesada o privada de libertad” fue propuesta por la asesora legal de la Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANP), Mabel Antezana.

Una semana después de conocerse las actuaciones de una juez, fiscales y otros administradores de justicia que dejan dudas sobre la condena a 20 años de cárcel al médico Fernández, por presunta violación a un bebé; la abogada Antezana sugirió un procedimiento rápido para atender la demanda de libertad formulada por la familia del afectado y organizaciones defensoras de los derechos humanos.

Antezana explicó que el afectado puede interponer el recurso de manera oral o escrita, por sí o a través de un representante sin ninguna formalidad procesal, ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal. Además, la persona privada de libertad solicitará que se guarde tutela sobre su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales y se restituya su derecho a libertad.

Para apoyar el argumento de la petición, la base de la solicitud será la reciente prueba consistente en las actuaciones de los operadores de justicia que generan duda razonable y que han sido ampliamente difundidas en días precedentes a través de los medios de información.

Entes colegiados de los médicos, abogados, defensores de los derechos humanos y la familia, reclaman la liberación del médico Fernández que permanece recluido en el penal de San Pedro de La Paz, desde hace cuatro años, mientras el trabajo periodístico continúa descubriendo detalles de un proceso irregular en el caso de la muerte del bebé Alexander.

La asesora de la ANP reiteró los derechos constitucionales que en el artículo 115 expresan que “Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos”.

Hizo un llamado a realizar gestiones inmediatas para hacer prevalecer las atribuciones conferidas al Estado para garantizar “el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna y sin dilaciones” (Art. 115, parágrafo II).

“El derecho a probar la inocencia debe prevalecer ante cualquier regla de exclusión”, expresó Antezana.

 
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