Publicidad

    


Por justicia, ex mandatarios deben responder por muertes en sus gestiones

Magda Lidia Calvimontes Calvimontes

Parte II

Pero acá el tema no es si es golpe de Estado o no, acá el tema es que se está juzgando a una ex presidenta Constitucional, con un fiscal y una jueza incompetente como ex senadora; otra razón para que no proceda su juzgamiento como delito común, porque ella está protegida constitucionalmente por el principio de inviolabilidad, por lo que el proceso penal instaurado en su contra, es nulo de pleno derecho. Así textualmente lo manda la Constitución: “Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no los competen”, de ahí que tarde o temprano el juicio deberá ser anulado, y quienes obraron sin competencia, por puro sometimiento al poder político del MAS-IPSP, deberán responder porque la vulneración de los derechos constitucionales hace responsables a sus autores intelectuales y materiales.

Eso sí, tanto Jeanine Áñez como Evo Morales sí deben ser sometidos a juicios de responsabilidad, como ex mandatarios, por las muertes producidas en sus gestiones, porque fueron la Capitana y el Capitán General de las Fuerzas Armadas, y tenían como función principal preservar la seguridad y la defensa del Estado.

Artículo 172 de la CPE: Son atribuciones de la Presidenta o del Presidente del Estado, además de las que establece esta Constitución y la ley: 16) Preservar la seguridad y la defensa del Estado y 25) “Ejercer el mando de Capitana o Capitán General de las Fuerzas Armadas, y disponer de ellas para la defensa del Estado, su independencia y la integridad del territorio”.

Porque según información de prensa escrita, durante el Gobierno de Evo Morales Ayma murieron más de 134 personas y miles de heridos y en el caso del Gobierno de Jeanine Áñez murieron 30 personas y hubo 1.000 heridos aproximadamente. Pero ambos deben ser procesados por juez competente y conforme a la Ley No. 44, Ley para el juzgamiento de la Presidenta o Presidente y/o de la Vicepresidenta o Vicepresidente (…) del 8 de octubre de 2010.

De manera que la denuncia realizada por la ex diputada ente un fiscal de materia contra la ex presidenta Áñez y sus ex ministros, y haber ejercido el control jurisdiccional una jueza cautelar, vulnera el principio de juez natural, obrando ambos sin competencia. Dado que, conforme la Ley No. 44, es el Fiscal General quien a denuncia de cualquier ciudadano, realiza la proposición acusatoria, y quien ejerce el control jurisdiccional desde el inicio de la investigación es la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia.

En caso de existir materia justiciable, la Fiscal o el Fiscal General del Estado requiere al Tribunal Supremo de Justicia el enjuiciamiento, remite a la Asamblea Legislativa Plurinacional para la autorización de juzgamiento, que debe ser por dos tercios de votos. Con la autorización son remitidos todos los antecedentes a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, quienes juzgarán a los ex presidentes sin recurso ulterior (ver artículos 12 al 21 de la Ley N° 44).

Por lo analizado, sí corresponde enjuiciarse a ambos ex mandatarios del Estado, pero en el marco del respeto al debido proceso, al juez natural, al principio de inocencia, para establecer si son o no responsables de las muertes ocurridas en el ejercicio de sus funciones. Para ello los denunciantes, el Ministerio Público y la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, como la Asamblea Legislativa Plurinacional, deben enmarcarse en los mandatos de la Constitución Política del Estado y de la Ley N° 44.

Y para que las muertes ocurridas en las gestiones de ambos ex mandatarios no queden impunes, los asambleístas del MAS-IPSP, Comunidad Ciudadana, Creemos y otros tienen el deber de llegar a consensos para enjuiciar tanto a Morales como Áñez, y ser la administración de justicia que determinará si son culpables o inocentes, en este caso el Tribunal Supremo de Justicia.

Magda Lidia Calvimontes Calvimontes es ex Asambleísta Constituyente.

Usurpado el 7 de octubre de 1970, por defender
la libertad y la justicia.
Reinició sus ediciones el primero de septiembre de 1971.

EL DIARIO
Decano de la Prensa Nacional
Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa y la Asociación Nacional de Prensa.

Dirección:

Antonio Carrasco Guzmán
Presidente del Consejo de Administración

Jorge Carrasco Guzmán
Gerente General

Rodrigo Ticona Espinoza
Jefe de Redacción

"La prensa hace luz en las tinieblas
y todo cuanto existe de progreso en el mundo
se debe a su inagotable labor"...

JOSÉ CARRASCO


Publicidad
Portada de HOY

JPG (251 Kb)      |      


 
 
Publicidad