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Morales pide derogar artículos 137 y 205 del Código Penal

• Abogado constitucionalista aseguró que existen más artículos que deben ser revisados por la Asamblea Legislativa porque atentan contra la libertad de expresión y el derecho al trabajo, establecidos en la CPE


EVO MORALES, PRESIDENTE DE BOLIVIA, JUNTO A DIRIGENTES DE CONALCAM.

Ante el creciente conflicto social en el país, el presidente Evo Morales determinó ayer solicitar a la Asamblea Legislativa la derogación de los artículos 205 y 137 del nuevo Código de Sistema Penal. Esta decisión se da después de 43 días de paro de los médicos y sin atención en los centros de salud. Por su lado, el sector del transporte pesado amenazó también con medidas de presión desde el lunes.

“He decidido enviar a la Asamblea Legislativa Plurinacional (el pedido) de que deroguen los artículos 205 y 137 del Código Penal”, afirmó la primera autoridad del país y explicó que esta determinación fue motivada por el perjuicio que significa el paro médico para las personas de escasos recursos que no pueden acceder a una clínica particular.

Asimismo, indicó que solicitará a la Asamblea Legislativa que revise de otros dos artículos que fueron observados por los sectores sociales que no son afines al Gobierno: El 293 y el 294, donde se debe establecer si existe la necesidad de realizar ajustes en ambos casos.

LEGISLATIVO

Horas más tarde que el mandatario realizó el anuncio, envió una nota al presidente de la Asamblea Legislativa, Álvaro García, donde solicitó la derogación de los artículos cuestionados y la revisión de los puntos 293 y el 294.

En ese marco, el diputado de Unidad Demócrata, Gonzalo Barrientos, agregó que el Legislativo deberá trabajar en un proyecto de ley para derogar los dos artículos solicitados por el mandatario boliviano del Código del Sistema Penal.

“Esta norma ya fue promulgada y publicada. Si se quiere derogar algunos artículos del Sistema Penal boliviano lo que corresponde es que se considere en la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que derogue el artículo 205, 137 y modifique los otros artículos y seguir el procedimiento legislativo y una vez cumplido ese plazo se tiene que sancionar el proyecto de ley y pasa al Ejecutivo para su promulgación y publicación”.

Los asambleístas se encuentran en receso y retornarán el próximo 8 de enero.

ARTÍCULOS OBSERVADOS

El artículo 205 se refiere a las sanciones en contra de mala práctica profesional y que los médicos consideran criminaliza su actividad. Motivo por el cual iniciaron un paro de actividades que lleva más de 40 días.

El artículo 137 incrementa las sanciones por homicidio culposo con medio de transporte, además establece resarcimiento de daños y otros. Fue considerado por el sector del transporte pesado como una amenaza a su trabajo. Existía el anuncio de comenzar un paro el lunes si no se derogaba este punto.

EN REVISIÓN

Los artículos que el presidente Morales pidió que sean revisados abarca los tipos penales de sedición y atribución de los derechos del pueblo. En ambos tipos penales se determina privación de libertad.

El 293 establece la sedición y determina cárcel para quienes, sin desconocer la autoridad del gobierno legalmente constituido, se alcen públicamente para deponer a algún servidor público, impedir su posesión u oponerse al cumplimiento de leyes o decretos. Aclara que no es punible el alzamiento cuando se reclame por la contravención del orden constitucional o derechos fundamentales.

El 294 determina cárcel de hasta cuatro años por atribuirse los derechos del pueblo, no obstante se aclara que no es parte de esta tipificación cuando la movilización de un determinado sector social tengan por finalidad la “reivindicación o ejercicio de derechos humanos, derechos sociales o cualquier otro derecho constitucional…”.

 
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