La hoja no está penalizada internacionalmente

CPE defiende coca industrializada y Convención prohíbe el acullico



Hoja de coca entra al debate interno y está bajo la observación exterior.

La Constitución Política del Estado (CPE) establece la defensa de los productos derivados de la coca, no así el “acullico” que no se menciona en la Carta Magna. Por su lado, la Convención de Viena Sobre Estupefacientes de 1961 penaliza el masticado de la hoja milenaria.

Para el senador por Convergencia Nacional (CN), Bernard Gutiérrez, la comunidad internacional cuestiona esta tradición boliviana, porque el Gobierno está utilizando este argumento para defender la producción de coca excedentaria, que deriva hacia el narcotráfico.

Por otro lado, el senador Marcelo Antezana (CN), explicó que la postura de la Carta Magna no está reñida con la resolución de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), de acuerdo al discurso del Ejecutivo.

Asimismo, recordó que la Ley 1008, establece que únicamente 12.000 hectáreas autorizadas de la hoja de coca deberían ser destinadas al consumo, estableciendo además zonas de cultivo tradicional.

“Según datos oficiales, en Bolivia hay más de 30 mil hectáreas de hoja de coca produciéndose actualmente. Tenemos 20 mil hectáreas, aproximadamente, que están destinadas a la producción excedentaria que son destinadas al narcotráfico, es decir, a la fabricación de cocaína”, dijo.

Mientras, el diputado por el Movimiento Al Socialismo (MAS), Galo Bonifaz ratificó la posición del Gobierno central, que defiende el masticado de la hoja milenaria, como uso tradicional y ancestral.

“La hoja de coca es un patrimonio ancestral, eso dice la CPE. Al defender la hoja, se defiende la costumbre ancestral de la mayoría de los bolivianos que es el acullico”, precisó.

El Artículo 384 de la CPE cita: “El Estado protege a la coca originaria y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural renovable de la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social; en su estado natural no es estupefaciente. La revalorización, producción, comercialización e industrialización se regirá mediante la ley”.

Mientras, el Artículo 49, de la Convención de Viena dice: “La masticación de hoja de coca quedará prohibida dentro de los 25 años siguientes a la entrada en vigor de la presente Convención conforme a lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 41”.

DATOS

- El gobierno de facto del general Hugo Bánzer Suárez ratificó el Convenio de Viena de 1961, mediante Decreto Ley 12906 del 30 de septiembre de 1975. Firmó el instrumento de ratificación respectivo, el 3 de septiembre de 1976 y finalmente lo depositó 20 días después, el 23 de septiembre de 1976.

- A partir de esa fecha, el país tuvo 25 años para continuar con el libre masticado de la hoja, hasta 2001, cuando la norma internacional observa y prohíbe el acullicu, pero no a la hoja de coca y su uso tradicional, como expresa el Art. 27 de la citada Convención: “Las Partes podrán autorizar el uso de hojas de coca para la preparación de un agente saporífero que no contenga ningún alcaloide y, en la medida necesaria para dicho uso, autorizar la producción, importación, exportación, el comercio y la posesión de dichas hojas”.

 
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