[Luis S. Crespo]

El Día Histórico - 30 de abril de 1842

Decreto disponiendo la repatriación de los restos del Libertador


La iniciativa del Gobierno venezolano

El general José Antonio Páez, aquel mismo político que tanto había amargado la existencia del Libertador Simón Bolívar, cuando éste se hallaba ya al borde del sepulcro, dirigió al Poder Legislativo su célebre mensaje de 9 de febrero de 1842, que terminaba con estas palabras:

“Nueve años que tuve la honra de presentar al Congreso, como Presidente de la República, una solicitud, la más grata de mi corazón, y al mismo tiempo la más conforme a los sentimientos del pueblo de Venezuela, y la más justa diré también a los ojos de la América y del mundo que conoce los grandes servicios hechos por el Libertador Simón Bolívar a su patria y a la América del Sur. Seis años después fue reiterada por el Poder Ejecutivo con razones dirigidas a remover cualquier duda que circunstancias accidentales y que ya habían pasado, pudieran haber hecho concebir sobre la oportunidad de tomarla en consideración. Ella tenía por objeto los honores debidos a aquel ilustrado caudillo de la independencia de la América española.

En toda ocasión y en todas partes se han presentado las más expresivas demostraciones de un convencimiento general del mérito eminente de Bolívar, y de un sentimiento profundo de amor y gratitud a este héroe bienhechor magnánimo de nuestra Patria. Paréceme, por tanto, que estoy en el deber de recordar al Congreso aquella solicitud y de pedirle que la decrete.

Los restos preciosos del ilustre hijo de Caracas permanecen en el lugar en que terminó su existencia; ellos deben venir al lugar en que la principió; pero nadie debe traerlos sin la Nación a quien pertenecen, porque a ella se consagró exclusivamente. Ellos son una propiedad en Venezuela. Ruego al Congreso disponga su traslación y colocación en el monumento que se le erija a expensas del Tesoro Nacional, como uno de los honores a que se hizo acreedor”.

La contestación del Congreso

La Cámara de Senadores contestó al Presidente: “Singularmente placentero es, señor, para el Senado poder asegurar que tanto como el pecho de V. E. abunda en el de sus miembros el noble sentimiento de una ilimitada gratitud hacia el muy ilustre libertador general Simón Bolívar; y la grata recomendación de V. E. goza en el Senado de toda estima a que es acreedor este digno asunto y anima sus deseos de que los delegados del pueblo venezolano, en las miras de una sana y consiguiente política, no encuentren ya las dudas sobre la oportunidad de este grandioso acto, etc.”.

La Cámara de representantes por su parte dijo al general Páez: “Esta Cámara reconoce con V. E. los importantes y eminentes servicios preparados a la causa de la independencia nacional por el Libertador Simón Bolívar y considerará en su oportunidad las indicaciones hechas por V. E. acerca de los honores públicos que deben decretarse en su memoria”.

El decreto del Congreso

El 30 de abril de 1842, el Congreso de la República de Venezuela expidió el decreto disponiendo que se tributasen honores públicos a la memoria del Libertador.

Por él se manda trasladar sus restos a la Patria, recibirlos de una manera digna de él y de la nación, colocar su efigie en los salones del Congreso y del Poder Ejecutivo y levantar un mausoleo que eternice la memoria de este acto de justicia.

El decreto del Poder Ejecutivo

El general Páez quedó autorizado para dar cumplida ejecución al decreto legislativo, llenar su misión de una manera grande y digna disponiendo que las exequias de Bolívar se uniesen a la suntuosa solemnidad de un duelo, a la majestuosa pompa del triunfo.

Por un decreto expedido el 12 de mayo siguiente, el Poder Ejecutivo invitó a los gobiernos de Nueva Granada y Ecuador a concurrir por medio de sus representantes a la exhumación de los restos venerados; nombró por parte de Venezuela para presenciar la triste ceremonia, recibir las reliquias y trasladarlas a su suelo natal, a los generales de división Francisco Toro y Mariano Montilla y al doctor José María Vargas; y señaló el 17 de diciembre del mismo año para la recepción de las cenizas en la capital del Estado y para los oficios fúnebres en ella y en todas las capitales de provincia.

EL DIARIO, 30 de abril de 1925.

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