Senadora solicita al Fiscal General esclarecer suspensión de audiencias


La senadora por Convergencia Nacional (CN), Linda Villalobos, informó que ante las varias denuncias recibidas por los privados de libertad del penal de San Pedro sobre las injustificadas suspensiones de sus audiencias en la Fiscalía de La Paz, decidió hace tres meses emitir una Petición de Informe Escrito (PIE) ante primera autoridad del Ministerio Público para conocer estas irregularidades.

Las denuncias de los privados de libertad de la cárcel de San Pedro señalan que el 90 por ciento de las audiencias programas diariamente son suspendidas injustificadamente por los fiscales de esta repartición. Esta irregularidad sería una medida de presión para que los internos puedan negociar su libertad.

Villalobos lamentó que el anterior fiscal interino, Mario Uribe, no haya emitido un informe pormenorizado del por qué las audiencias programadas son suspendidas habitualmente y cuáles son los fiscales que estarían cometiendo estas irregularidades.

“Hay algunos privados de libertad han recurrido hasta cinco veces a sus audiencias, pero sin embargo se anoticiaron en la propia fiscalía paceña que éstas habían sido suspendida sin ningún argumento legal sólido”, dijo.

Esta situación confirmaría la retardación de justicia y hacinamiento en la cárcel de San Pedro, además de esclarecer los hechos irregulares que se vienen produciendo en mencionada repetición y que vulneraría los derechos individuales de los privados de libertad.

Si se lograría confirmar esta denuncia por parte de los internos, esta actitud sería penalizada por el artículo 173 del Código Penal.

El documento hecho público ante los medios de comunicación establece la recepción en la ventanilla de la Cámara de Senadores en fecha 22 de agosto del 2012 con número de correlativo 2056.

La senadora Villalobos dijo que confía en esta nueva autoridad, porque sus acciones inmediatas después de ser posesionado fueron de evaluar a las autoridades del ministerio público y así conocer el informe que brindará sobre la petición que se presentó.

El Código de Procedimiento Pernal en su artículo 6 establece, que todo imputado será considerado inocente y tratado como tal en todo momento, mientras no se declare su culpabilidad en sentencia ejecutoriada, remarca la petición remitida a la Fiscalía.

 
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