Violaciones a Reglamento de Propaganda

Videos serán pruebas efectivas de denuncias



UNA DE LAS DENUNCIAS QUE EFECTUÓ LA OPOSICIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO DEL TSE SOBRE PROPAGANDA.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) puede considerar la presentación de videos como prueba efectiva de las denuncias de contravenciones al Reglamento de Propaganda Electoral para el referéndum del 21 de febrero de 2016, declaró a EL DIARIO el vocal José Luis Exeni.

La aclaración surgió a raíz de que la entidad declaró como improbadas varias denuncias contra autoridades y legisladores del oficialismo que incumplieron, según las denuncias, las normas electorales vigentes. Estas denuncias se basaron en fotografías.

El vocal explicó que el motivo de declararlas improbadas fue que las pruebas que eran fotos y algunos vídeos que no demostraban la fecha, el lugar, si eran funcionarios públicos o los temas que estaban tratando, además que las explicaciones que presentaron los denunciados aseguran que las actividades fueron antes de la emisión del Reglamento.

PRUEBAS

“Debe quedar claro que el que hace la denuncia tiene la responsabilidad de probarla, no basta sacar una foto de Facebook y lanzarla como denuncia, tienen que ser denuncias serias y responsables (…) un vídeo puede ser una prueba siempre que se demuestre la acusación. Nosotros no podemos presumir culpabilidades si no se demuestra la denuncia”, explicó Exeni.

El TSE declaró improbadas las denuncias en contra del vicepresidente, Álvaro García Linera, los ministros de la Presidencia, Juan Ramón Quintana y de Trabajo, Gonzalo Trigoso, así como la presentada en contra del senador Arturo Murillo (UD), por supuesta vulneración de la Ley 026 de Régimen Electoral y el Reglamento de Campaña y Propaganda.

Todas estas denuncias han sido admitidas. El TSE notificó a las partes denunciadas para que presenten su prueba de descargo, en este caso al Ministro de la Presidencia, al Vicepresidente y al Ministro de Trabajo y a cuatro asambleístas de la oposición. Todos ellos presentaron su descargo.

“Como resultado de este informe, en los tres casos se ha declarado improbadas, no se ha podido probar las denuncias, y en el caso de los asambleístas de la oposición, porque la grabación donde se mostraban haciendo campaña por el NO en la Asamblea Legislativa, ellos indican que era anterior a la aprobación del Reglamento y el vídeo que muestra el denunciante no permite comprobar que era de una fecha posterior”, explicó Exeni.

CONSTANTES DECLARACIONES

En el caso de las constantes declaraciones de autoridades gubernamentales y voceros opositores que a través de los medios de comunicación se refieren a las campañas que impulsan por el SI o por el NO, el Exeni dijo que en ese caso pueden darse ese tipo de declaraciones porque son consideradas como informativas.

El referéndum constitucional es el segundo proceso electoral que está a cargo de los vocales del TSE que fueron designados en junio pasado tras la renuncia obligatoria de los anteriores vocales, que fueron repudiados por toda la sociedad por irregularidades cometidas en las elecciones generales de octubre del año pasado y regionales, de marzo último.

 
Revistas
Publicidad
Portada de HOY

JPG (794 Kb)      |       PDF (427 Kb)



Cotizaciones
1 Dólar:6.96 Bs.
1 Euro:7.53 Bs.
1 UFV:2.09548 Bs.

Publicidad