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Código del Sistema Penal

Legislativo evita aclarar artículos observados

• La nueva norma reduce sanciones contra funcionarios públicos implicados en hechos de corrupción.


LOS PRESIDENTES DE LAS CAMARAS DE DIPUTADOS Y SENADORES INSISTEN QUE LAS OBSERVACIONES AL CSP ES CAMPAÑA DE MENTIRAS.

Los presidentes de las cámaras de Diputados y Senadores advirtieron que la oposición está elaborando una "campaña de mentiras" que busca abrogar el nuevo Código de Sistema Penal (CSP). Sin embargo, no explicaron las observaciones sobre los artículos cuestionados de la nueva norma, como es el caso de la reducción de sanciones.

El Colegio Nacional de Abogados y el constitucionalista Carlos Alarcón observaron los artículos 116, 263 y 272 del Código de Sistema Penal, los cuales están en la ley 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz, puesto que en la nueva norma se reducen las sanciones contra los funcionarios públicos implicados en hechos de corrupción.

En la conferencia de prensa que brindaron la presidenta de la cámara de Senadores, José Alberto Gonzales y de Diputados, Gabriela Montaño, indicaron que la oposición esta articulando una campaña de mentiras en torno al nuevo Código, con la finalidad de confundir a la población. Al concluir esta evitaron responder a las interrogantes de los periodistas.

OBSERVACIÓN

Según la explicación de Alarcón, el tipo penal de resoluciones contrarias a la constitución y las leyes, en el código de sistema penal tiene una sanción privativa de libertad de 3 a 6 años, sin embargo en la ley Marcelo Quiroga Santa Cruz tiene una pena de 5 a 10 años de cárcel.

El artículo 263 del código establece el tipo penal de conducta antieconómica que tiene de 3 a 6 años de cárcel, pero en la ley 004 determina una pena de a 8 años de prisión.

El artículo 224 de la Ley 004 (Conducta Antieconómica).determina que "la servidora o el servidor público o el que hallándose en el ejercicio de cargos directivos u otros de responsabilidad, en instituciones o empresas estatales, causare por mala administración, dirección técnica o por cualquier otra causa, daños al patrimonio de ellas o a los intereses del Estado, será sancionado con privación de libertad de 3 a 8 años (Â…) Si actuare culposamente, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años".

En el último delito observado es sobre sobre incumplimiento de deberes (artículo 272 en el CSP), es delito cuando se cause un daño económico al estado, en el caso de obstaculización en investigación judicial cuando las víctimas sean niños, adolescentes o mujeres, la pena es de 2 a 4 años, no se agrava la pena.

No obstante en la Ley de Lucha Contra la Corrupción 004, artículo 154 determina que el servidor público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare un acto propio de sus funciones, será sancionado con privación de libertad de uno a cuatro años. La pena será agravada en un tercio, cuando el delito ocasione daño económico al Estado.

MENTIRAS

Gonzales mostró la convocatoria que circula por redes sociales donde hacen un llamado a las promociones de las unidades educativas para que se movilicen en contra del código porque supuestamente se penalizará el ingreso a de los estudiantes a universidades.

Otro de los ataques de la oposición es señalar que se penalizará a los miembros de iglesias evangélicas, católicas u otro tipo de cultos que congreguen a más personas, sobre este punto los religiosos están observando el artículo 88 de la norma.

Este artículo está enmarcado a sancionar a aquellas organizaciones que capten personas con el fin de explotarlas a nombre de una determinada religión, tal es el caso de Boko Haram que secuestra a personas con fines ilícitos.

Por otra parte, la presidenta de la cámara de Diputados, Gabriela Montaño desmintió que se dejen desprotegidas a las mujeres embarazadas que son abandonadas por sus parejas, aseguró que en el artículo 160 de esta ley, la victima obtiene mayores garantías.

 
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