Iver Von Borries

Estado reconoce al arbitraje como solución de controversias

Representantes de la empresa privada afirman que la nueva ley ofrece garantías a la inversión y que, por lo tanto, incrementaría su participación para que la economía nacional tenga un mejor crecimiento


La nueva ley de Conciliación y Arbitraje establece un régimen especial de inversiones en el país.

La nueva ley de Conciliación y Arbitraje, promulgada la semana pasada, es una muestra de que el Estado boliviano reconoce a esta norma como un medio legal y válido para resolver controversias sin acudir a la justicia ordinaria, pero también deja algunos vacíos, como los que las gobernaciones y municipios deberán enfrentar, ya que la misma no permite incluir cláusula alguna sobre este tema en los contratos con los privados.

A este tema también hay que añadir la decisión de excluir a los tribunales internacionales arbitrales, lo que deja una interrogante. La ley actuará a nivel interno, tanto para privados nacionales como extranjeros, estos últimos no podrán acudir a instancias fuera del territorio nacional.

Dario Monasterio, experto en temas económicos, opina que la aprobación de la norma es una señal a medias y espera que la misma actúe de la misma forma tanto para empresas privadas como para entidades del Estado.

Por su parte, Iver von Borries, abogado, socio del Estudio Jurídico Wayar & von Borries, señala que la norma es positiva, calificación que es compartida por Monasterio. Ambos coinciden que el consenso alcanzado entre el sector público y privado fue una señal que culminó con la aprobación de la norma.

Von Borries, también árbitro en los Centros de Arbitraje de Cainco, Cámara Nacional de Comercio y Cámara Boliviana de Hidrocarburos, destaca el ánimo pro-arbitraje de las entidades del Estado que participaron en la redacción de la presente ley.

Recordemos que la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje 708 sustituirá a la recientemente abrogada Ley No. 1770, de la década del 90, y que en su momento fue base para atraer inversiones, en especial en el sector petrolero.

Los empresarios destacaron la aprobación de la norma. El presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), Ronald Nostas, en su discurso en la promulgación de la norma, resaltó la misma y dijo que fue consensuada con el sector, y que la nueva ley ofrece garantías a la inversión, por lo tanto incrementaría su participación para que la economía nacional tenga un mejor crecimiento.

A su vez, el presidente de los Empresarios Privados de La Paz, Javier Calderón, destacó la norma, ya que de la misma el sector privado participó en su elaboración.

PARTICIPANTES

La Procuraduría General del Estado, a través del procurador y los subprocuradores -en especial el Dr. Pablo Menacho-, así como del Ministerio de Justicia y la Comisión de Justicia Plural de la H. Cámara de Diputados, demostraron interés y preparación en la materia, a estos se sumaron los representantes empresariales.

El presidente del Centro de Arbitraje de la CHBE reconoce que habrían quedado temas pendientes en la nueva norma, pero en líneas generales muestra seguridad a la inversión y una parte importante es que la promulgación muestra interés del Estado en materia de arbitraje.

“Entre los principales avances contemplados en esta nueva ley, tenemos al Árbitro de Emergencia, el cual juega un rol preponderante a momento de la solicitud de medidas precautorias; la posibilidad de las Empresas Públicas (esto es, las Empresas Estatales, las Empresas Estatales Mixtas, las Empresas Mixtas y las Empresas Estatales Intergubernamentales) reconocidas como tales en virtud a la Ley No. 466 y entre las cuales se encuentra YPFB, sus afiliadas y subsidiarias, de recurrir a arbitraje en Bolivia, bajo ley boliviana en todos los contratos que suscriban con privados; así como la ampliación de plazos, que resultaron cortos hoy en día con la ley vigente de arbitraje y conciliación” detalla el experto en el tema.

“(Sin embargo) extrañamos la posibilidad que las entidades del Estado en todos sus niveles (como ser gobernaciones y alcaldías) puedan pactar una cláusula arbitral o compromisoria en sus contratos con privados. Recordemos que hoy, la jurisdicción coactiva fiscal restringe al privado de asumir su defensa en igualdad de condiciones”, apunta Von Borries.

PROMULGACIÓN

El presidente Evo Morales promulgó el jueves pasado la nueva Ley 708 de Conciliación y Arbitraje, cuya norma -en criterio del Estado- garantiza las inversiones y la seguridad jurídica al Estado, a las empresas privadas, nacionales y extranjeras; resultado de un consenso con con el sector empresarial.

En el acto participaron también el vicepresidente Álvaro García; la ministra de Justicia, Virginia Velasco; el procurador general del Estado, Héctor Arce Zaconeta, y el presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia, Ronald Nostas.

Por su parte, el procurador Héctor Arce dijo que si bien la norma garantiza la seguridad jurídica para el empresariado, también tiene que haber seguridad jurídica para el Estado, porque este acoge, valora respeta, protege y genera el crecimiento de la inversión privada.

Asimismo, la Ley de Inversiones y la nueva Ley de Conciliación perfeccionarán los mecanismos de solución de controversias alternativos a la administración de justicia, agrega. La ley establece un régimen especial para el arbitraje de inversiones.

Como se recordará hace poco, Arce informó que el Estado habría ahorrado alrededor de 2.000 millones de dólares en controversias, debido a que alcanzó acuerdos con empresas por una suma de 800 millones de dólares.

VENTAJAS DE LA NUEVA NORMA

- Las ventajas que propone la ley es que da paso a la conciliación extrajudicial como un medio alternativo a la justicia ordinaria; está basada en voluntariedad, flexibilidad, oralidad para que las partes resuelvan su conflicto y para que el acuerdo de los interesados sea garantizado, el acta de conciliación tendrá efecto de cosa juzgada y se recurrirá al auxilio judicial como último recurso, solo en caso de incumplimiento.

- Otro de los grandes avances para brindar equidad y seguridad a las partes es que se reconoce el laudo arbitral extranjero a ser ejecutado según normas sobre cooperación judicial internacional y bajo normas bolivianas.

- Se incorpora la figura de autoridad nominadora para el nombramiento de árbitros. Los plazos del arbitraje pueden ampliarse o reducirse conforme la voluntad de las partes, el arbitraje puede iniciarse antes o durante un proceso judicial.

- Una vez entre en vigencia la nueva Ley de Conciliación y Arbitraje, los Centros de Conciliación y de Arbitraje autorizados actualmente deben adecuar sus reglamentos en un plazo de 45 días calendario y las autoridades del sector regulado que realizan conciliación entre usuarios o consumidores y las entidades reguladas lo harán sobre la base de su normativa y procedimientos.

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