Vicepresidente del TSE

Iniciativa popular sólo es para la ciudadanía

• Cualquier pedido sobre otra consulta será analizado por el TCP • MAS niega que pidió libros destinados a recolectar firmas para repostular a Evo Morales


VOTO DEMOCRÁTICO DE LA POBLACIÓN.

La iniciativa popular, mediante la cual se pretende recolectar firmas del 20 por ciento del electorado para llevar a cabo un referéndum, puede ser empleada sólo por la ciudadanía y no así por organizaciones políticas, aclaró ayer el vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Antonio Costas.

La autoridad electoral puntualizó este tema a propósito de la intención del Movimiento al Socialismo (MAS) de recolectar firmas del 20 por ciento de la población, para realizar un nuevo referéndum sobre el artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE), con el objetivo de habilitar a Evo Morales a una tercera candidatura a la Presidencia.

“Hay que tomar en cuenta qué es una iniciativa popular. No establece que sea una organización política la que promueva (la recolección de firmas) sino deben ser los ciudadanos. Pongo mucho énfasis en eso. Es el ciudadano o los ciudadanos los que promueven esta iniciativa popular, no las organizaciones políticas”, afirmó Costas.

La autoridad electoral realizó varias aclaraciones, tras el pedido de la Confederación de Juntas Vecinales que aprobó en un cabildo recolectar firmas para plantear una iniciativa ciudadana, con el propósito de volver a poner a consideración de un referéndum si Morales debe ser nuevamente habilitado a través de la modificación del artículo 168 de la Constitución.

SOLICITUD EN SANTA CRUZ

A principios de este mes, el concejal y presidente de la dirección urbana del MAS en Santa Cruz, Tito Sanjinés, informó que presentó una solicitud escrita al Tribunal Electoral Departamental (TED) para la provisión de libros destinados a recolectar firmas del 20 por ciento del electorado, destinados a la habilitación de Evo Morales a las elecciones de 2019.

El parágrafo II, del artículo 16,de la Ley 026 de Régimen Electoral, dice que la “iniciativa popular puede ser adoptada para referendo nacional por iniciativa ciudadana apoyada con firmas y huellas dactilares de por lo menos el 20 por ciento del padrón electoral en el momento de la iniciativa. Este porcentaje debe incluir al menos el 15 por ciento del padrón de cada departamento. El TSE verificará el cumplimiento de este requisito”.

A ello, Costas agregó que “debe ser un ciudadano o un grupo de ciudadanos los que manifiestan la intención de llevar adelante un referéndum con un propósito específico. Lo deben explicar y además deben enviar la pregunta que quiere ser sujeta al análisis para que posteriormente pueda ser consultada al ciudadano”.

REQUISITOS

Entre los requisitos que debe cumplir esta solicitud están:

“Tiene que ser preciso, tiene que ser imparcial y técnicamente viable. No debe estar en contraposición a los aspectos que establece la Constitución (por ejemplo) que no puede ser sujeto de consulta el pago de impuestos, seguridad interna o externa”, vigencia de los derechos humanos, entre otros.

Posteriormente, se envía esta pregunta al Tribunal Constitucional para que haga el control y se establezca si está en el ámbito de la constitucionalidad o no. Si estuviera, recién entonces se procede a hacer la entrega de los libros.

El coste de los libros estará a cargo de quienes promuevan esta iniciativa de la recolección de firmas. “Si no estuviera dentro del marco de la constitucionalidad se rechaza y se archiva el trámite”.

Costas explicó que el pedido tuvo varias observaciones: “No han establecido claramente cuál es el propósito (del pedido de libros para firmas), han hecho una recopilación que hace referencia al congreso que han tenido allá (en Santa Cruz)”.

Además, si se solicita realizar un referéndum nacional, el pedido debe ser ante el TSE y no ante un Tribunal Electoral Departamental. “Si ellos están solicitando un referéndum nacional, por lo tanto no procede hacer una presentación a los tribunales electorales departamentales, porque su ámbito es departamental”.

NEGATIVA DEL MAS

La dirección nacional del MAS aclaró que no fue iniciativa de la máxima instancia del partido de Gobierno pedir firmas para habilitar al presidente Evo Morales a una nueva repostulación.

“La dirección del Movimiento al Socialismo aclara a la opinión pública que la solicitud de libros para la recolección de firmas para una habilitación del presidente Evo Morales, como candidato en las elecciones nacionales de 2019, no es una iniciativa oficial como organización política a nivel nacional”, señala un comunicado de la organización.

De manera orgánica e institucional, prosigue, “el Movimiento al Socialismo determinó en un congreso nacional la necesidad de que el presidente Evo Morales continúe en la conducción del proceso de cambio y la revolución democrática que trajo beneficios para el pueblo boliviano”.

DATOS

- En febrero de 2016, el MAS perdió el referéndum constitucional porque se impuso el “No” al cambio del artículo 168.

- El Gobierno atribuyó la derrota a una campaña en contra de Evo Morales basadas en supuestas “mentiras” de la oposición.

- En diciembre de 2016, el MAS y Evo Morales confirmaron su intención de pedir la anulación de dicha consulta.

- Varios colectivos ciudadanos y agrupaciones políticas iniciaron una campaña en rechazo a la intención del MAS.

 
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