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Emergencia sanitaria

Reclusas mayores de 55 años con tres hijos dejarán cárcel

Decreto presidencial de amnistía e indulto, que beneficia a personas mayores de 58 años, será enviado a la Asamblea Legislativa, quienes se encargarán de su tratamiento


DECRETAN AMNISTÍA E INDULTO QUE BUSCA REDUCIR EL HACINAMIENTO EN LAS CÁRCELES DEL PAÍS. FOTO: ARCHIVO

En el marco de la actual emergencia sanitaria que vive el país por la pandemia del coronavirus, el Gobierno emitió un Decreto Presidencial para indultar a reclusos que tengan más de 58 años de edad y mujeres de 55 años que tengan tres o más hijos.

“Se concede amnistía a personas de cincuenta y ocho (58) años o más, detenidas preventivamente en los establecimientos penitenciarios o con medidas sustitutivas a la detención preventiva, a la fecha de la publicación del presente Decreto Presidencial. En caso de mujeres, se reducirá el requisito de edad de un (1) año por cada hijo nacido vivo hasta un máximo de tres (3) años, es decir, hasta los cincuenta y cinco (55) años de edad”, dice parte del capítulo II de la norma.

De acuerdo al Decreto Presidencial, la amnistía será concedida a la persona adulta mayor que se encuentre con detención preventiva o con medidas sustitutivas a la detención preventiva.

El indulto será concedido a la persona adulta mayor que cuente con sentencia condenatoria ejecutoriada, en privación de libertad o con beneficio de extramuro, detención domiciliaria o libertad condicional.

“El indulto o amnistía se aplicarán por razones humanitarias, a las personas con enfermedad terminal debidamente acreditada a través de certificado médico forense, salvo que la Constitución Política del Estado, el Código Penal, o disposición legal no admita indulto o se trate de delitos previstos en los Artículos 133 (Terrorismo); 133 Bis. (Financiamiento del terrorismo); 251 (Homicidio); 260 (Homicidio culposo); 272 Bis. (Violencia familiar o doméstica); 281 Bis. (Trata de personas); 281 Ter. (Tráfico de migrantes); 332 (Robo agravado) y 334 (Secuestro); delitos contra la seguridad exterior e interior del Estado; delitos contra la libertad sexual; cuando la víctima sea niña, niño o adolescente o persona incapaz del Código Penal”, dice otra parte de la norma.

LEY

En conferencia de prensa, la mañana de hoy jueves, el ministro de la Presidencia Yerko Nuñez, manifestó que la norma busca descongestionar el hacinamiento en las cárceles del país y que el Decreto Presidencial aprobado ayer se remitirá a la Asamblea Legislativa Plurinacional que tendrá que tratarlo para que luego el Órgano Legislativo emita una ley.

DATOS

De acuerdo a un informe presentado en 2019 por la Defensoría del Pueblo, el hacinamiento en las cárceles del área urbana del país llega a 225%, donde, además los 18.895 presos viven en condiciones de miseria.

Desde que se decretó emergencia nacional en el país, las diferentes secciones del penal de San Pedro de La Paz, se aislaron e iniciaron una olla común, con el que la mayoría sobrevive.

“Solo los días miércoles, sábado y domingo tenemos cena, los demás días solo con tecito y almuerzo sobrevivimos. Ahora no hay nada para comprar siquiera y no pueden venir visitas. Así que los que tienen quizás tengan algo más, pero la mayoría estamos en condiciones lamentables”, relató un recluso.

 
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