Polémica en Comisión de Diputados

Sancionarán violencia política sólo con seis años

El acoso y la violencia contra mujeres en ejercicio político son expuestas en la norma.

Diputados varones evitaron que pena máxima por acoso político agravado llegue a ocho años de detención y aprobaron seis años como pena máxima. Mujeres legisladoras cuestionaron la acción de los hombres en un tema que podría precautelar con mayor eficacia, la seguridad e integridad de las mujeres en ejercicio político.

El diputado de Convergencia Nacional (CN) Herbert Salvatierra, manifestó que la norma implicaba severas sanciones contra los hombres y no así para las mujeres, que en algunos casos también pueden incurrir en acoso político, por ello se pidió acortar la pena de diez y ocho años a 72 meses como máximo lapso para casos agravados con violencia física.

El diputado dijo que si bien la mujer es más vulnerable de ser víctima del acoso y abusos por parte de los hombres en el ejercicio de sus funciones públicas, los varones también deberían contar con una ley que resguarde su integridad física.

“Esta ley sólo habla de acoso a las mujeres y no a los hombres y eso lo hicimos conocer ante la mayoría del MAS en la Comisión. Hemos conversado con los legisladores y vemos que esto también sucede con los hombres; debería haber una ley marco contra el acoso, tanto para hombres como para mujeres, esto se debatirá en plenaria”, dijo.

Ayer, después de las modificaciones al proyecto en la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara Baja, la diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS), Marianela Paco, denunció que sus colegas aprobaron la reducción de penas sobre violencia política contra el género femenino.

“En la propuesta que se había consensuado con la sociedad civil, se sancionaba con una pena de tres a ocho años, pero en la sesión se redujo de tres a seis años”, afirmó.

El proyecto de Ley Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres pide incorporar en el Código Penal los delitos de acoso político y violencia política en contra de las mujeres como Delitos de Función Pública.

El artículo referente a “Acoso político contra las mujeres”, señala que quien o quienes realicen actos, persecución, hostigamiento y/o amenazas en contra de una mujer y/o de sus familiares, durante o después del proceso electoral, electa, designada o en el ejercicio de función pública que impida el ejercicio de su derecho político, será sancionado con pena privativa de libertad de dos a cinco años.

Sobre la “Violencia política contra las mujeres” indica que quien o quienes realicen actos y/o agresiones físicas, psicológicas y sexuales en contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de función político-pública y/o en contra de sus familiares, para acortar, suspender e impedir el ejerció de su función será sancionado con pena privativa de libertad de tres a seis años.

Sobre la prohibición de conciliación, queda prohibida esta figura dentro de los delitos de acoso y/o violencia política contra las mujeres.

 
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