Ley Antialcohol

Entra en vigencia sólo para prevenir consecuencias en salud



Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas aprobada por los asambleístas y promulgada el miércoles entró en vigencia, sólo en referencia a la promoción de la salud.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Rebeca Delgado, aseguró ayer que la Ley de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas que fuera promulgada, el pasado miércoles 11 de julio entró en vigencia, aunque sólo en referencia a la promoción de la salud, la prevención al consumo y la rehabilitación.

“El capitulo cuatro ya está en vigencia y se refiere a la promoción de la salud, prevención al consumo y rehabilitación, por lo que todas las instituciones públicas ya tienen que implementar en su planificación estratégica de desarrollo y su programación operativo anual actividades de cómo prevenir el consumo de bebidas con un enfoque integral, intersectorial, e intercultural, que signifique la movilización de la familia, la comunidad y la sociedad”, señaló Delgado.

En ese marco, la legisladora explicó que todas las instituciones públicas deben generar políticas y programas institucionales que prevengan el consumo de bebidas alcohólicas, además de evitar emitir publicidad al respecto y realizar talleres que concienticen a la ciudadanía que no debe consumir licor, porque los pone en riesgo de cometer delitos.

En lo que se refiere a las medidas para la rehabilitación, Delgado sostuvo que la norma establece el fortalecimiento de las redes de servicios de salud y conformar comunidades terapéuticas especializadas; promover el fortalecimiento de instituciones específicas de rehabilitación e implementar programas y proyectos dirigidos a la rehabilitación.

Respecto a la prohibición de la publicidad en horarios establecidos, Delgado dijo ésta no podrá ser emitida en una franja horaria de entre las 6.00 a 21.00.

Asimismo indicó que la norma determina que todas las personas jurídicas que comercialicen cualquier tipo de licor, deberán asegurarse que los envases de las bebidas lleven las siguientes advertencias: “El consumo excesivo de alcohol es dañino para la salud” y “Venta prohibida a menores de 18 años”.

En lo que respecta al control del expendio y consumo de alcohol y las sanciones que conlleva, Delgado dijo que el Órgano Ejecutivo tiene un plazo de 60 días para elaborar la reglamentación, es decir, hasta el próximo 11 de septiembre; mientras que los gobiernos municipales deberán hacerlo hasta el 11 de octubre de este año.

“Tienen que empezar a regular la prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y las restricciones a los establecimiento de expendio de alcohol, donde se determinará la restricción del ingreso de menores de edad; la restricción a circular en estado de ebriedad en compañía de menores; el horario de funcionamiento de los locales de expendio; entre otros y a partir de eso se determinarán las sanciones” sentenció.

Recordó que ningún ciudadano va a poder consumir bebidas alcohólicas en vía pública, ni venderlas en las calles, aunque mantuvo que en las fiestas patronales sí, aunque con previa autorización de los gobiernos municipales.

 
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