Fundempresa no categoriza en su registro a medios comunitarios ni independientes



Las radios comunitarias, por ejemplo, pagarán un menor aporte al fondo del seguro.

La institución que registra a las empresas del país, Fundempresa informó a EL DIARIO, que en la inscripción que realizan los medios de comunicación no se establece la categoría de medios “comunitarios e independientes” y que todos las empresas informativas pagan un mismo monto para su inscripción y la renovación de la matrícula.

De acuerdo con el departamento de informaciones de esta entidad, la diferenciación de categorías que se expone a los medios de comunicación al momento de registrarse está basada en el Código de Comercio.

“Los medios se dividen en Srl., S.A. o unipersonales. También está la Sociedad Económica Mixta, una categoría donde participa el Estado y los particulares. Otras categorías son la Sociedad Colectiva y la Sociedad Empresarial. Todos los medios cancelan un monto fijo al momento de inscribirse y también cuando renuevan su matrícula”, señalaron.

El Art. 126 del Código de Comercio establece la siguiente tipicidad en la inscripción de las sociedades comerciales, cualquiera sea su objeto, sólo podrían constituirse, en alguno de los siguientes tipos: Sociedad colectiva, sociedad de comandita simple, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima y sociedad de comandita con acciones y Asociación accidental o de cuentas en participación.

De acuerdo con el presidente de la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), Antonio Vargas, que esta diferenciación de los medios no esté establecida en las normas del Estado ni en el registro de empresas, demuestra que la normativa que aplica el Gobierno sobre la labor de los medios, el seguro de vida y la otorgación de licencias fue elaborada por un motivo coyuntural y no estructural.

“La norma está hecha al calor del momento, la diferencia entre los medios debería establecerse entre empresas privadas y aparatos del Gobierno”, dijo.

Vargas agregó que si bien la norma que determinará un seguro de vida para los trabajadores de la prensa, establece también que los medios independientes, comunitarios e independientes aporten con sólo 0.25% de su ingreso bruto anual, es la prueba de que el Gobierno “busca una excusa para no garantizar la seguridad, no sólo de los periodistas sino de otros sectores, ya que a los medios comunitarios los financia el Estado”.

“Mientras los medios privados tienen que aportar el 1% de su ingreso y esto va a generar un efecto cascada a las empresas de los medios de comunicación privados, porque se debilitará la estructura de su financiamiento, provocando que a la larga los medios cierren o ya no contraten empleados de planta sino temporales”, puntualizó.

En tanto, el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), Marcelo Elio explicó que la categorización de los tipos de medios en la Ley de Seguro de Vida para periodistas, se basa en la Constitución Política del Estado (CPE) (artículo 2) y la Ley de Telecomunicaciones.

“Dada la existencia pre colonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y la ley”, cita dicho artículo.

Sin embargo, en este artículo no se hace referencia a los medios de comunicación.

Por otro lado, la Ley de Telecomunicaciones, en el artículo 6, señala algunas definiciones respecto a la telecomunicación y tecnologías de información y comunicación, como la red departamental, red nacional, privada o pública entre otros.

Asimismo, establece en el artículo 29, que la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes otorgará la licencia única, a entidades públicas, mixtas, cooperativas y empresa privada para la operación de redes o la prestación de servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, en el territorio nacional, con alcance departamental o nacional a través de un contrato suscrito entre la ATT y el operador o proveedor.

Pero tampoco esta normativa establece una categorización o diferenciación de los medios de comunicación dividiendo a éstos en comunitarios, indígenas, independientes e interculturales.

 
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