Rechazo de un amparo “in límine”


Sin hacer mención al caso de la empresa China CAMC, el exjuez Roger Valverde y la abogada constitucionalista, Mary Carrasco, señalaron que un amparo debe ser presentado solo en caso de haber agotado todas las instancias cumpliendo el principio de subsidiariedad.

Este principio señala que un asunto debe ser resuelto por la autoridad (normativa, política o económica) más próxima al objeto del problema.

En la experiencia como autoridad judicial, Valverde señaló que el 90 por ciento de los amparos son rechazados, debido a que existen otras instancias que tienen la potestad de resolverlos, y en caso de que se acepten estas, violando la subsidiariedad, es un aspecto lamentable que ponen en duda la seguridad jurídica.

“Además se tiene que presentar, y eso es requisito (para la interponer un amparo), la resolución a través de la cual se muestre que se ha agotado el principio de subsidiariedad”, afirma Valverde, que también señala que de no haber cumplido con esto, el trámite puede ser rechazado “in límine”, sin analizar el fondo de la demanda.

En suma, se trata de un derecho de los bolivianos, sea persona jurídica o natural, “un elemento sustancial, en un Amparo Constitucional, es que no haya otra forma para resolver la problemática que se plantea y se llama principio de subsidiariedad”, explicó Carrasco a EL DIARIO.

Al mismo tiempo, detalla que al interior de la instancia donde es presentado este recurso, se evalúa si corresponde o no que se acepte la demanda tomando en cuenta que se haya cumplido este principio legal.

Carrasco resaltó que si bien todo ciudadano está obligado a cumplir con la Constitución, normarla y hacerla cumplir está en manos de las diferentes instancias del Poder Judicial, siendo que frente a denuncias que pueden ser planteadas por cualquier motivo por una persona natural o jurídica, son los administradores de justicia, en este caso los vocales de la Sala Penal Primera, quienes debieron rechazar la demanda luego de evaluar que existían otras instancias pendientes donde pudieron ser resueltas la demandas.

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