Normativa edil preserva patrimonio de la ciudad


La  Ley Municipal de Contribución a la Protección del Medio Ambiente Nº 001/2010, establece prohibiciones y sanciones  que devengan del daño al medio ambiente y en su artículo 5 indica: “Queda terminante prohibido la tala y destrucción de árboles en diferentes áreas del municipio de La Paz”, para lo cual existen sanciones para las personas que lo cometan.

En 1997 fue aprobada la Ordenanza Municipal 124/97, que declaró patrimonio natural de utilidad pública a todos los árboles ubicados en la jurisdicción del Gobierno Municipal de La Paz. En el artículo segundo contempla que, “la poda y talado de árboles ubicados, tanto en propiedades particulares como públicas, deberá ser autorizada expresamente por la Alcaldía Municipal, justificando su necesidad”.

EFECTOS

Respecto a los daños que origina la deforestación, Daza, explicó que los árboles juegan un rol importante que contribuye al desarrollo del ecosistema, debido a que generan biodiversidad; absorbiendo dióxido de carbono para su metabolismo y expulsando agua y oxígeno, cumpliendo dos principales funciones la de purificar el aire y también eliminar vapor der agua, generándose valiosos microclimas.

Con la deforestación y el cambio de uso de suelos, se pierde la función de generar humedad en la atmosfera, provocando un efecto negativo para la generación de lluvias lo que causa, a su vez, alta variación climática, explicó.

Al respecto, el Director Ejecutivo de Canaru, Jorge Ruiz, indicó que en Bolivia el mayor problema del cambio climático es la deforestación, la cual es ocasionada por las actividades ganaderas, construcción de caminos, producción agrícola, empresas madereras y otros, que perjudican la estabilidad del ecosistema.

 
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