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Presentó recurso a TSE

Sol.bo pide revisar trámite de personería

La presidenta del ente electoral, Katia Uriona, también se declaró disidente en el rechazo de solicitud de la agrupación ciudadana


LUIS REVILLA, LÍDER DE SOL.BO Y SU DIRIGENCIA.

La agrupación ciudadana Soberanía y Libertad (Sol.bo) presentó un Recurso de Revisión Extraordinaria contra la resolución 062/2018 del 21 de septiembre del año en curso, que emitió el Tribunal Supremo Electoral (TSE) donde rechazó la personería jurídica nacional, ya que se observaron varias irregularidades en las consideraciones.

“Hemos presentado un Recurso de Revisión Extraordinaria a la resolución del Tribunal Supremo Electoral, hemos podido confirmar que hay varias irregularidades en las consideraciones que hizo el TSE”, explicó el alcalde de La Paz y líder de la agrupación ciudadana Luis Revilla.

La resolución que emitió el Órgano Electoral establece que la agrupación ciudadana no alcanzó el número de firmas requeridas por la norma, para convertirse en partido político con presencia nacional. Para este acometido debían presentar 100.228 firmas pero el ente electoral solo contabilizó 68.728 registros válidos porque el resto fue observado

DISIDENCIA

A la vez, Revilla indicó que en la votación en sala plena la presidenta del Órgano Electoral Katia Uriona no estaba de acuerdo con el rechazo de la solicitud, esto fue de conocimiento de la agrupación por una nota firmada por la autoridad de esa institución, donde les explica las razones por las que no respaldó la resolución.

“Hay un voto disidente que es de la presidenta del TSE, quien no estuvo de acuerdo en que se apruebe esta resolución que rechaza nuestra personería jurídica”, afirmó Revilla.

Esta es la segunda oportunidad que se conoce la presidenta del Órgano Electoral no está de acuerdo con las resoluciones que emiten en sala plena. Esa postura fue adoptada cuando se aprobó el reglamento para las Elecciones Primarias de Candidaturas de los Binomios Presidenciales para las Elecciones Generales 2019, donde el artículo 40 establece limitaciones para impugnar las candidaturas.

IRREGULARIDADES

Por otra parte, Revilla explicó que entre las irregularidades que se encontraron está que el Tribunal no tomó en cuenta más de 12.000 firmas. De ellas, 6.338 fueron excluidas porque serían militantes de Sol.bo inscritos en 2015 y luego en 2018, en ese punto fueron observadas porque tiene doble militancia. Hay otras 6.980 que también fueron marginadas sin fundamento.

En caso que estos registros hubiesen sido tomados en cuenta por el ente electoral, Sol.bo habría logrado más de 104.000 firmas que superan las 100.228 necesarias para obtener la personería jurídica nacional. También cuestionó la exclusión de 49 libros (equivalentes a 2.940 firmas).

Otra de las observaciones que se hizo al informe técnico es que la resolución que rechazó la personería jurídica de esta tienda política fue aprobada en un mismo día con la diferencia de minutos.

A las 17.45 del 19 de septiembre, la Dirección de Tecnologías emite un informe, a las 17.47, la Dirección Jurídica aprobó la resolución y la sesión del pleno del TSE fue a las 17.45 donde se pronunció rechazando la solicitud de la agrupación ciudadana.

DENUNCIA

Finalmente, Revilla acotó que en caso que este recurso no sea admitido, este partido planteará un amparo constitucional al Tribunal Constitucional o a la Corte Superior de Distrito. Incluso podría plantear procesos judiciales contra los vocales del TSE por resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado.

 
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