Empresarios trabajan petición para modificación de Ley 212



PRESIDENTE DE LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO, OSCAR CALLE.

El presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Oscar Calle, manifestó a EL DIARIO que el sector empresarial trabaja los argumentos jurídicos legales para solicitar al Gobierno se deje sin efecto el Artículo 10, parágrafo II, inciso 7, de la Ley 212 de Transición Judicial, por considerarla inconstitucional.

El presidente de la CNC, señaló que la Ley 212 es un procedimiento, “que inhabilita el derecho de defensa de cualquier ciudadano boliviano o empresario, lo que inhibe el derecho establecido por la Constitución Política del Estado sobre la presunción de inocencia antes de un proceso”.

Expresó que es imposible empozar el 100% del monto de una multa o penalidad para defenderse por lo que se hizo la “representación respectiva tanto al Estado como al Vicepresidente”.

Es así que con la Confederación de Empresarios Privados se realiza una serie de reuniones para “hacer comprender que el “Solve et repete” “pague y reclame” no es un procedimiento normal”.

Calle expresó que antes del artículo 10 de la Ley 212, el procedimiento, permitía que el empresario empoce un 10% del monto de la multa observada y pueda tramitar un proceso contencioso administrativo contra el Estado.

Ante la consulta de EL DIARIO, si los empresarios privados habrían recibido algún tipo de respuesta por parte del Gobierno, Calle señaló que no habrían tenido una respuesta oficial, por tanto, continuarán los intentos para ser escuchados y lograr una solución al problema, porque toda la pasada gestión se promulgaron normas que perjudican el desarrollo de la actividad empresarial y eso es preocupante.

El presidente de la CNC, de manera clara señaló que la posición del sector sería única, y es la de “volver al anterior procedimiento donde” sólo se pedía empozar el 10% de todo el procedimiento legal, como seriedad de que la persona llegaría a responder a un proceso.

Actualmente con lo establecido en la Ley 212 de cancelar el 100% acción que deja a los empresarios con menor capital operativo, además de que se ingresa en un procedimiento largo donde si el empresariado llega a ganar, “el Estado no devolvería lo invertido en dinero solo en notas fiscales seguramente”.

Calle señaló que hasta el momento no se cuenta con una resolución, se revisan los argumentos legales para plantearlos al Gobierno; “esperemos que entremos a un proceso de conciliación para que se logre un acuerdo acorde a las necesidades del país”.

En relación a este tema, el 12 de enero de la presente gestión los analistas económicos Armando Méndez y Gonzalo Chaves señalaron a EL DIARIO, que los empresarios deberían iniciar acciones legales para impugnar el contenido del artículo 10, parágrafo II, inciso 7), de la Ley 212 de Transición Judicial, si consideran que la norma vulnera la seguridad jurídica de las inversiones.

Ambos economistas advirtieron sobre los alcances y efectos de tipo económico del artículo 10 de la referida Ley y sugirieron al sector empresarial preparar una representación contra la 212.

Gonzalo Chávez, dijo que primero se tiene que considerar los perjuicios y el cómo perjudicará al sector la citada norma. “Hay que buscar una solución porque no sólo se pagará de manera antelada a un proceso contencioso administrativo, sino que ahora no habrá seguridad jurídica y lo peor habrá una indefensión total para los empresarios”, afirmó.

El economista Armando Méndez sostiene que ésta es una normativa que perjudica a todos los sectores. “Cualquier empresa tiene que tener derecho a la defensa en cualquier contencioso administrativo y la nueva normativa inviabiliza ese derecho; es importante reconsiderar el artículo 10 a través de la Asamblea Nacional Legislativa y buscar la mejor forma para que las empresas procedan a defenderse sin tener que pagar”, dijo.

 
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