[Raul Pino]

Prácticas anticorrupción


En las empresas se debe ejercer la debida diligencia para la contratación de empleados que estarán expuestos a situaciones en las que pueden beneficiarse por corrupción, conflictos de intereses o influencia indebida. El principio de la culpa in eligendo se aplica perfectamente, pues si no se elige bien a los empleados, cualquier negligencia, dolo o corrupción recaerá sobre el propietario o administrador de la empresa. Para evitar estos extremos se debe verificar antecedentes y hasta investigar la situación financiera de los candidatos para evitar tener que someter a un empleado a una situación que no pueda resistir.

Donde los criterios responsables de la empresa son claros, los propietarios y gerentes pueden usar personas que ejemplifican los criterios para reclutar y evaluar a los empleados potenciales. Al dar trabajo a gente que asiente los criterios responsables de una empresa, los propietarios dan un gran paso hacia tener un programa eficaz de ética empresarial. Sólo hace falta un empleado para destruir la reputación de una empresa. La contratación de la gente equivocada (culpa in eligendo), aumenta el riesgo de responsabilidad criminal y civil y aumenta los costos de defender a la empresa o corregir cualquier daño hecho.

Para ejercer el debido cuidado, una empresa debe equilibrar las expectativas razonables de los candidatos, empleados que tienen que saber que una empresa respetara su privacidad como individuos. Dependiendo de las leyes de protección de empleo aplicables, una empresa puede someter a los posibles empleados a una investigación de antecedentes. Los propietarios deben investigar cuidadosamente cuáles procesos de investigación puede usar una empresa al considerar las solicitudes.

No todos lo puestos de trabajo de una empresa son los mismos en lo que al nivel de responsabilidad concierne. Los propietarios deben asegurarse de que su personal pueda asumir el nivel de responsabilidad que los puestos exigen. A medida que el nivel responsabilidad crece, también, en proporción aritmética, debe hacerlo la competencia de la persona que ocupa el puesto.

Lo antedicho se aplica si el puesto tiene autoridad discrecional sustancial, tal como el personal de alto nivel: un director, ejecutivo, un individuo a cargo de una unidad. Este principio se aplica a otros puestos, tales como gerentes y empleados de planta y de ventas, quienes asesoran al público o tiene autoridad para fijar niveles de precio o negociar contratos, especialmente contratos de gobierno donde se producen, estadísticamente, los mayores casos de corrupción.

El autor es abogado corporativo. Postgrado en arbitraje y conciliación.

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