Contra trata y tráfico de personas

Ley prohíbe publicidad de comercio sexual


El pleno de la Cámara de Diputados aprobó este martes, en su estación en detalle, el proyecto de Ley Nº 021/2012-2013, Ley Integral de la Trata y Tráfico de Personas, que entre sus artículos, prohíbe la publicación de avisos de oferta de comercio sexual en los medios de comunicación escritos.

“Se prohíbe la publicación de avisos de oferta de comercio sexual en los medios de comunicación escritos, porque son ofertas engañosas y también es un medio que se utiliza para trata y tráfico”, aseveró la presidenta de la Cámara de Diputados, Rebeca Delgado.

Según la legisladora, en el ámbito de la protección esta norma establece medidas se conformará los Consejos Nacionales y Departamentales, a través de ministerios, defensoría del pueblo y autoridades que establezcan políticas públicas para combatir este delito.

Asimismo, afirmó que en las investigaciones sobre los delitos de trata, tráfico y proxenetismo se incorporará la figura de agente proxenetismo y se autorizará la interceptación y grabación de llamadas telefónicas en casos de investigación de trata y tráfico, previa orden judicial.

En la última sesión se determinaron los tipos penales de trata y tráfico de personas, pornografía y proxenetismo, que están especificados en el artículo número 34 de la Ley. Además, se incluyeron artículos al Código Penal, que establecen las sanciones entre 5 y 20 años, dependiendo de la gravedad del delito hasta 30 años, cuando se trate de muerte por causa de trata y tráfico.

“Se aumentan las penas y se dan los mecanismos para concientizar sobre este flagelo”, finalizó la parlamentaria cochabambina.

 
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