[Mario Alfonso Ibañez]

Juicio inapropiado a medios de comunicación


El celestinaje en los espacios palaciegos sigue siendo una constante en nuestra historia republicana. De ahí que parece que a algún comedido asesor de la Presidencia del Estado, además de ser lego en materia de gramática castellana, se le ha ocurrido la idea de comprometer al Gobierno en un juicio sui generis contra tres medios de comunicación.

¿Transcribir textualmente o sólo en titulares dicho discurso puede ser considerado agravio, ofensa o deseo de producir racismo o discriminación entre regiones, cuando estas características, señaladas en la Ley 045, ya se han producido en anteriores gobiernos y mucho más en el actual? ¿No se está haciendo discriminación al dividir a obreros, campesinos, indígenas, mineros y otros sectores laborales con favores para unos y perjuicios para otros? ¿La discriminación a indígenas del TIPNIS no es una quemante realidad?

Pero lo que más llama la atención es que, en el caso de la Agencia de Noticias FIDES, “según comunicaciones oficiales del Gobierno, la materia justiciable se debe a que en el titular (de una noticia de ANF) se emplea la palabra “flojera” en lugar de “flojos”, apreciación que no repara en que el significado semántico de ambas es el mismo, haciendo insostenible la presente querella” (EL DIARIO, 24/8/2012).

El sacerdote José Gramunt en un artículo publicado en un matutino local de fecha 9/9/2012 registra las declaraciones puntuales del presidente de la Academia de la Lengua en Bolivia, Dr. Mario Frías Infante, sobre el particular: “El término “flojera” es un sustantivo y el término “flojo” es un adjetivo. Ahora, los dos contienen la misma raíz. Entonces en cuanto a su significado, la diferencia no es significativa”.

De otra parte a quienes quisieran insistir en diferenciar estas palabras, les valdría muy bien revisar el tomo 4, Pág. 3.616 de la Enciclopedia Universal SOPENA o cualquier otro diccionario de carácter didáctico. Por lo tanto, la señalada querella es inapropiada y es más bien buscarle inmotivadamente problemas al gobierno del presidente Morales, quien requiere, por el contrario, idea creativas de sus asesores para cumplir su promesa de “pensar más en Bolivia y atender las demandas que tiene el pueblo”, según su discurso expuesto en el Km. 5 de la Av. Petrolera de Quillacollo.

La Fundación UNIR, que promueve la cultura de la paz, “considera que no existe materia para enjuiciar a FIDES, Página Siete y EL DIARIO por notas referidas a esa declaración del presidente Morales”. El Decano de la Prensa no puso en debate dicho discurso, los que expresaron sus criterios sobre él, de una u otra manera, asumen su responsabilidad de lo que dijeron.

La Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sostiene: “La libertad de expresión en todas sus formas y manifestaciones es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática”.

EL DIARIO a través de sus 108 años de existencia no ha hecho otra cosa que defender los intereses de Bolivia y de su pueblo. Su fundador, el Dr. José Carrasco Torrico, entregó al país su libro “Bolivia ante la Liga de las Naciones”, obra que se constituye en el mejor alegato jurídico para recuperar nuestro cautivo Litoral.

En defensa de nuestros recursos naturales y el pago de tributos burlados al Fisco por la “Gran Minería”, EL DIARIO encomendó al escritor Fernando Diez de Medina realizar una campaña que luego dio lugar a la Nacionalización de las Minas. Desde su defensa por la Reforma Agraria y contra toda forma de racismo y discriminación, defendió los inalienables derechos de los indígenas como ciudadanos iguales al resto de los bolivianos.

E un editorial consigna propuestas en este sentido: “edificación de escuelas, colegios y centros superiores de enseñanza técnica, construcción de hospitales y postas sanitarias; envío de asesores técnicos e ingenieros agrónomos; enseñanza para el manejo de maquinarias; provisión de abonos y semillas; construcción de viviendas; instalaciones de energía eléctrica y aguas potables…” (EL DIARIO, 18/9/2012).

Los administradores de justicia, si aquel juicio se hiciera efectivo por ausencia de una conducta reflexiva, deberán estar armados de autoestima profesional y coraje para resistir tentaciones circunstanciales de presión política y así exhibir mañana dignidad y orgullo en los estrados judiciales. Para esto, como sabia alternativa sujeta a la Constitución está la Ley de Imprenta que ni las dictaduras militares pudieron perforar, y el Tribunal de Imprenta, de cuyos 40 miembros, el juez competente elige 15; inclusive los abogados de las partes tienen la opción de sugerir a los 25 restantes, otros titulares que sean ajenos a los intereses de las partes.

Dios ilumine a los juristas que sean depositarios de las decisiones conforme a ley, en este ingrato episodio del vigente Estado Plurinacional.

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Reinició sus ediciones el primero de septiembre de 1971.

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