G77 y la reivindicación marítima de Bolivia

Mario Ojara Agreda

La OEA y la ONU han sido creadas para dar solución pacífica a los conflictos internacionales. El 30 de octubre de 1979 la Asamblea General de la OEA aprobó una resolución histórica que obliga a Chile a devolver a Bolivia una salida soberana y útil al océano Pacífico, sin compensación territorial. Los 35 Estados Miembros del organismo regional decidieron que nuestra demanda marítima requiere pronta solución.

Chile arguyó que la resolución de la OEA significa intervención en sus asuntos internos, la política del poder que practica en sus relaciones con Bolivia se puso de manifiesto. Son conocidos los argumentos del usurpador: “no existe ningún conflicto territorial pendiente de solución con Bolivia” y que “el Tratado de 1904 es irrevisable”. La resolución de la OEA es una política de Estado no sujeta a modificación por ningún gobierno de turno.

Todos los conflictos internacionales territoriales se han resuelto en la OEA y en la ONU. Panamá recuperó su canal con la intervención de la OEA; la República Popular de China recuperó Hong Kong con la intervención de la ONU. El Estado de Israel se creó por la ONU mediante el reparto del territorio Palestino. Chile, Estado Miembro, tiene la obligación de acatar la resolución de la OEA que interpreta la voluntad política de los pueblos y gobiernos de nuestro continente, que han declarado de “interés hemisférico” la reivindicación marítima de Bolivia.

Es necesario tener en cuenta que el organismo regional ha sido instituido para “crear un orden de paz y justicia”. Existen dos clases de conflictos internacionales, los conflictos políticos y los conflictos jurídicos. En un conflicto político una de las partes pide la modificación de una situación existente y este conflicto se resuelve en la OEA y en la ONU. Bolivia demanda la restitución de su soberanía marítima, la modificación de su condición de Estado enclaustrado por una invasión armada. Por ello, el conflicto marítimo con Chile es político y se resuelve por la OEA y la ONU.

En el conflicto jurídico una de las partes demanda la aplicación o interpretación de un tratado internacional y este conflicto se resuelve mediante arbitraje o en la Corte Internacional de Justicia de La Haya. La resolución de la OEA obliga a Chile a devolver a Bolivia una salida soberana y útil al mar sin compensación territorial. No conviene al interés nacional poner en riesgo la solución del conflicto marítimo con Chile abandonando los foros de la OEA y de la ONU.

La próxima reunión del G77 en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra tendrá trascendencia histórica si apoya la resolución de la OEA. Bolivia puede pedir al G77 de la ONU que Chile cumpla la resolución de la OEA del 30 de octubre de 1979, que tiene valor jurídico y, por ello, efecto vinculante. La resolución de la OEA es todo lo que Bolivia necesita para volver al mar con soberanía. La memoria presentada ante la Corte de La Haya dio lugar a que Chile reitere que el Tratado de 1904 es “irrevisable”.

La diplomacia multilateral en los foros internacionales se hace con debates. El Canciller tiene la obligación de pedir al G77 que Chile cumpla la resolución de la OEA. El magno problema de la Patria no puede pasar desapercibido en el G77. Encerrados en el patio trasero de Chile no saldremos de la extrema pobreza. Por falta de un puerto propio y soberano Bolivia no recibió las grandes corrientes migratorias que con capital y tecnología construyeron los Estados modernos y prósperos de América Latina.

Según un informe de la ONU Bolivia forma parte del grupo de los 13 países más pobres del mundo. La política de Estado para la reivindicación marítima es la resolución de la OEA del 30 de octubre de 1979.

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