Consejo de la Magistratura

Transparencia denuncia a jueza Camacho



EL JEFE DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA, ARIEL MARAÑÓN, A TIEMPO DE DAR LECTURA A LA DENUNCIA PRESENTADA AYER ANTE UN JUZGADO DISCIPLINARIO.

La jueza Lorena Camacho, a cargo del Juzgado Mixto Liquidador y Cautelar de Viacha, ayer fue denunciada ante el Juzgado Disciplinario del Tribunal Departamental de Justicia por irregularidades que habría cometido en el ejercicio de sus funciones a tiempo de disponer la detención preventiva, por el supuesto delito de obstrucción a la justicia según el artículo 32 de la Ley 004 (Marcelo Quiroga Santa Cruz), en contra del periodista Carlos Quisbert.

Así lo hizo conocer el jefe de la Unidad de Transparencia del Consejo de la Magistratura del Departamento de La Paz, Ariel Marañón, en contacto telefónico con este matutino.

“Sí hemos hecho una denuncia al Juzgado Disciplinario, por dos faltas, una leve y otra grave”, dijo Marañón a tiempo de explicar que la decisión fue asumida por precautelar la imagen institucional y las denuncias públicas que se han efectuado a través de los medios de comunicación, “ha tomado parte para realizar una denuncia de oficio al Juzgado Disciplinario”.

En criterio de Marañón, esa será la instancia que dé a conocer la falta que habría cometido la jueza Camacho en el ejercicio de sus funciones.

“Se ha tipificado por dos faltas, falta leve y grave”, dijo al señalar que la falta leve está referida a cualquier conducta personal o profesional inapropiada, negligencia, descuido o retardo en el ejercicio de sus funciones o menoscabo de su imparcialidad, que pueda ser reparada o corregida. “Esta falta leve se refiere a la acción y la conducta que haya tomado la jueza. La sanción es de amonestación a través de una llamada de atención o memorándum”, dijo.

En cuanto a la falta grave, de acuerdo con el artículo 187 inciso 14, que debe ser valorada por la autoridad que se haga cargo del proceso se refiere a: “Omitir, negar o retardar indebidamente la tramitación de los asuntos a su cargo o la prestación del servicio a que están obligados”, según Marañón “ha negado pero es más por la retardación de justicia de los asuntos a su cargo”., pero está más relacionada a la ligereza con el que se actuó el día de la cautelar del periodista Quisbert, a quien se lo notificó minutos antes de su audiencia y no le permitió la debida defensa, como se conoció en la audiencia de acción de libertad realizado en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia. Esta falta puede ser sancionada con uno a seis meses de suspensión.

 
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