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Oruro

Por tener cáncer fue indultada



FOTO DE REFERENCIA - LA INTERNA DEL PENAL DE SAN PEDRO DE ORURO ES UNA DE LAS PRIMERAS EN ACOGERSE AL BENEFICIO.

La joven RPV, privada de libertad en el Penal de San Pedro, de la ciudad de Oruro, que padece de cáncer de mama en fase terminal, es la décima octava persona que se beneficiará con el decreto de indulto y amnistía para personas recluidas.

Paredes fue detenida por tráfico de sustancias controladas en abril de este año y el miércoles se acogió a un juicio abreviado, en el que se le sentenció a 10 años de cárcel, lo que está dentro de los parámetros establecidos para acogerse al indulto.

Tras conocer su sentencia, lo que ahora deberá tramitar, dijo sentirse un poco más tranquila, con la esperanza de pasar sus últimos días en compañía de su familia. “Cuando una persona que está mal de salud la cárcel no es aceptable, por la pérdida de libertad, aparte de que en su interior se producen muchas peleas, discusiones, envidia, con lo que empeora la enfermedad”, explicó.

Visiblemente emocionada, señaló que el decreto de indulto en el país ha sido una bendición que le devuelve la esperanza a mucha gente.

La diputada Otilia Choque, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos en la Cámara de Diputados, exteriorizó su satisfacción por este resultado. “Será un trámite de 15 días y esta joven podrá salir en libertad”, puntualizó.

BENEFICIARIOS

El beneficio del indulto, vigente en el país mediante el Decreto de Amnistía Nº 3519, de 3 de abril de 2018, concede el indulto parcial y total, es aplicado a personas que no sean reincidentes, que viven en las cárceles con sus hijos, mujeres embarazadas, cabezas de hogar, personas con discapacidad grave o muy grave y con enfermedades terminales.

En ocasión del anuncio de la medida, autoridades de Gobierno señalaron que la aplicación del Decreto “dependerá mucho de las autoridades del sistema judicial”.

Según Registros de la Dirección Nacional de Régimen Penitenciario, las cárceles de todo el país albergan a 18.000 personas y diferentes estudios evidencian que del total de personas recluidas el 70% son detenidas preventivamente.

El indulto y la amnistía no se aplicará a reclusos reincidentes, personas cuyos delitos no admitan indulto según la Constitución Política del Estado, el Código Penal u otra norma igualmente concesional. (El DIARIO – Fides)

 
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