Periodismo rememora aniversario de la vigencia de Ley de Imprenta

Representantes acudirán a Relatoría de OEA ante abusos gubernamentales.

El 19 de enero de 1925 se produjo la última reforma a la Ley de Imprenta, norma vigente y reconocida por la Carta Magna como instrumento legal para la regulación de la labor informativa en el país. La Ley de Imprenta ahora enfrenta como en ningún régimen una serie de imposiciones y anuncios de “modificaciones y cambios” que según las organizaciones de prensa sólo buscan poner fin a la libertad de expresión en Bolivia.

“Todo hombre tiene el derecho a publicar sus pensamientos por la prensa, sin previa censura, salvo las restricciones establecidas por la presente ley”, cita el artículo 1 de la Ley de Imprenta, valorando la libertad de expresión.

DENUNCIA ANTE OEA

El fiscal de la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) Antonio Vargas, a tiempo de valorar la vigencia de la Ley de Imprenta, anunció que una delegación viajará la siguiente semana a la sede de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) para denunciar los intentos del Gobierno central para controlar la labor informativa, como se determinó en el denominado Encuentro plurinacional donde se propuso una Ley de Medios con control social.

“Vamos a ir a la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos, nos vamos a reunir con otras organizaciones defensoras de la libertad de expresión y naturalmente vamos a denunciar al mundo entero que el Gobierno del presidente Morales está restringiendo la libertad de expresión al extremo de que más se está pareciendo a un gobierno dictatorial que a un gobierno democrático”, dijo.

CONVOCATORIA A PERIODISTAS

En comunicado emitido por la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia (CSTPB) la organización convoca a realizar mítines en todas las ciudades del país para ratificar la vigencia de este precepto para el periodismo boliviano.

Sobre los argumentos del oficialismo sobre la actualización de la norma, la prensa ratifica que la Ley de Imprenta se encuentra sustentada por artículos, decretos y disposiciones que revalorizan una normativa destinada a regular a los informativistas y medios de comunicación buscando ejercer la profesión con objetividad, imparcialidad y sobre todo responsabilidad y compromiso con la sociedad boliviana.

Entre las regulaciones adjuntas a la Ley de Imprenta se citan La Ley de 30 de diciembre de 1944 Contra el Anonimato; el Decreto 2720, de 19 de septiembre de 1951, de Incorporación de la Radiodifusión a la Ley de Imprenta; el Decreto 09113 de 19 de febrero de 1970, de Descanso Dominical Obligatorio y de la Columna Sindical; el Código Penal modificado por Ley 1674, 1768, 1970, 1778 y 2033; Delitos Contra el Honor (aplicables según los artículos 27 y 28 de la Ley de Imprenta); el decreto de 14 de mayo de 1976 de Profesionalización del Periodista; la Ley 494, de 29 de diciembre de 1979, del Estatuto Legal del Periodista Boliviano; el decreto de 9 de mayo de 1984 del Estatuto Orgánico del Periodista Boliviano; el decreto de 17 de Julio de 1997 de Plena Vigencia de la Ley de Imprenta; la Ley 2026, de 27 de octubre de 1997, Código Niño, Niña, Adolescente; el decreto 28168, de 17 de mayo de 2005, de Acceso a la Información Pública, y el decreto 0136, de 20 de mayo de 2009, modificatorio sobre la Columna Sindical.

En el comunicado, la CSTPB demanda al Gobierno central respetar la Ley y sustentarla con la Carta Magna en el marco del respeto a los derechos civiles de la información y libre expresión.

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