TSE descarta regular propaganda electoral en redes sociales

Legislativo plantea al Órgano Electoral elaborar una ley para regular las ‘TIC’.


Para el Tribunal Supremo Electoral será una tarea imposible controlar la propaganda electoral en las redes sociales.

Para el Tribunal Supremo Electoral (TSE) será una tarea “prácticamente imposible” controlar la propaganda electoral en las redes sociales porque este es un medio de interrelación directa entre personas lo cual hace muy difícil monitorear el flujo comunicacional, según el vocal del Órgano Electoral, Ramiro Paredes. El oficialismo opina que debería crearse una norma para vigilar la emisión de propaganda en ese medio.

“Nosotros vamos a controlar, fiscalizar a aquellos (anuncios electorales) que materialmente podamos hacerlo. En la medida de nuestras posibilidades vamos hacer el respectivo control y seguimiento pero tecnológicamente ni siquiera en los países más desarrollados pueden hacer un control de los ‘twiters’ por ejemplo”, declaró Paredes a El DIARIO

La presencia de las redes sociales es un nuevo mecanismo de comunicación a partir del mundo virtual entre la propia ciudadanía. Es lo que se llama ahora la política viral, es decir, la política que se expresa a partir de las redes sociales, donde “las reacciones son de ida y vuelta”.

Este nuevo mecanismo de interrelación que cada vez se hace más popular, se convirtió en el nuevo instrumento de acceso comunicacional directo que emplean las organizaciones políticas en el marco del proceso electoral que vive Bolivia.

“Efectivamente, hay algunos medios de comunicación alternativos fundamentalmente en el internet como ‘Facebook y Twiter’ que no son fáciles de controlar, no solo en nuestro medio sino en otros países que tienen tecnología más desarrollada no siempre se da ese proceso de control y seguimiento”, explicó Paredes.

En relación a la propaganda publicada en los periódicos virtuales, Paredes dijo que ese es un medio que sí se puede controlar y para ello están “acabando una estrategia para poder hacer seguimiento a los periódicos virtuales que están en nuestro medio que casi son similares a los periódicos impresos”.

Prácticamente, todos los periódicos en el medio tienen una página virtual, entonces, para el TSE será posible controlar la propaganda electoral que se emita en los mismos porque será la misma que se presente de forma viral, según la lectura de la autoridad.

FALTA NORMAR

El primer secretario de la Cámara de Diputados, Carlos Aparicio, reconoció que Bolivia aún carece de una norma, ley o reglamento específico que regule el manejo de las nuevas tecnologías de comunicación como las páginas virtuales entre ellas las distintas redes sociales, ‘blogs’ (páginas virtuales personales), periódicos o agencias de noticias digitales, entre otros.

“No existe una normativa vigente tampoco conocemos de una (propuesta de) ley que estuviera trabajando el Tribunal Supremo Electoral. Ellos tienen que trabajar estos aspectos que son importantes y tienen una incidencia profunda en la sociedad sobre todo en los jóvenes la utilización de las redes sociales que ahora se han masificado y tienen la misma importancia que la prensa escrita”, afirmó a este medio

Para Aparicio es importante trabajar en regular el manejo de las redes sociales, sobre todo en época electoral porque actualmente varios políticos ya están haciendo uso de los mismos para emitir su propaganda electoral y están en campaña.

Según el senador Adolfo Mendoza este fenómeno va más allá de la normativa legal que pudiera imponer el Órgano Electoral, “pero no quiere decir que se tenga un vacío legal” al no existir una norma que determine el marco de acción.

Para Mendoza el empleo y uso de una comunicación virtual “son mecanismos de activación de otras formas de democracia que difícilmente pueden ser reglados en este momento”.

NORMATIVA

La Ley de Régimen Electoral 026 en la sección V del capítulo I del título V, referente a la Organización, proceso y acto de votación, no especifica nada relativo a la propaganda electoral en medios virtuales como periódicos virtuales, blogs, redes sociales, páginas web de las organizaciones políticas y otros que puedan emplear los candidatos para llegar a la población electoral.

Solo se refiere a este medio masivo en una sección anterior referente a la elección de autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional donde en el punto III del artículo 82 de Prohibiciones dice que “a partir de la convocatoria ninguna persona particular, individual o colectiva (.) podrá realizar campaña a favor o en contra de algún postulante por ningún medio de comunicación incluyendo internet y mensajes masivos de texto por telefonía celular, constituyendo falta electoral sin perjuicio de su calificación penal”.

Asimismo, la norma boliviana aún no estableció reglas para el manejo propagandístico en las redes sociales como Facebook, Twiter o You Tube que son los más populares en el medio boliviano. En ese marco, las organizaciones políticas ya empezaron a postear (acción de enviar un mensaje o noticia a una persona o grupo de personas mediante redes sociales) sus propagandas políticas. Esto podría ser considerado como el inicio de las campañas electorales.

 
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