Tiendas de barrio no necesitan inscribirse a “zonas seguras”



TIENDAS DE LOS BARRIOS SE PROTEGEN CONTRA LA INSEGURIDAD CIUDADANA.

El alcalde Luis Revilla emitió el Decreto Municipal 14 que establece la modificación de los reglamentos de los programas “Zonas seguras” implementados en Sopocachi, Villa Fátima y Calacoto, promulgados el 31 de julio de este año, eximiendo a las tiendas de barrio inscribirse a dicha iniciativa.

“Eximir a las tiendas de barrio, almacenes y minimarkets de la obligación de inscripción a los programas “Sopocachi, hacia una zona segura”, “Villa Fátima, hacia una zona segura” y “Calacoto, hacia una zona segura”, aprobados por los Decretos Municipales Nº 008/2012, 009/2012 y 010/2012 de fecha 31 de julio de 2012, respectivamente”, expresa el artículo segundo de la norma.

La norma también establece la exclusión del requisito referido a la presentación de certificados de antecedentes policiales del propietario y de todo el personal del establecimiento, emitidos por la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc) para la inscripción de establecimientos de expendio de alimentos de las categorías A, B, G, H y F, en este último caso sólo salones de fiestas.

“En el marco de lo dispuesto en el artículo tercero del presente Decreto Municipal, modificar la Disposición Transitoria Tercera del Reglamento para el Programa (Sopocachi, hacia una Zona Segura) aprobado mediante Decreto Municipal Nº 008/2012 de 31 de julio de 2012, ampliando el plazo concedido a los Establecimientos de Expendio de alimentos y/o bebidas alcohólicas inscritos al Programa, para la presentación a la Subalcaldía respectiva de los certificados de antecedentes policiales actualizados y vigentes del personal a su cargo, emitidos por la Felcc, en noventa (90) días adicionales, venciendo en consecuencia el plazo en fecha 22 de febrero de 2013…”, indica el artículo cuarto.

El programa referido se caracteriza por la aplicación de acciones integrales para mejorar progresivamente las condiciones de seguridad en un perímetro determinado con la participación de vecinos, agentes económicos y el apoyo de la Policía Nacional.

El Decreto en cuestión menciona la ampliación “…el plazo concedido en las mismas para la inscripción de establecimientos de expendio de alimentos y/o bebidas alcohólicas a los citados Programas, en noventa días calendario adicionales, venciendo en consecuencia el plazo otorgado hasta el día 22 de febrero de 2013; debiendo considerarse al efecto lo dispuesto en el Artículo Segundo del presente Decreto Municipal”.

Posterior al vencimiento del plazo establecido en la norma, las subalcaldías de Cotahuma, Periférica, Sur y Centro, en coordinación con la Intendencia Municipal, procederán a imponer la sanción de clausura definitiva a aquellos establecimientos de expendio de alimentos y/o bebidas alcohólicas, que no se hubiesen inscrito al Programa”, expresa el artículo sexto.

También indica que el Ejecutivo Municipal queda encargado de elaborar y publicar los textos ordenados de los Reglamentos de los Programas “Sopocachi, hacia una Zona Segura”, “Villa Fátima, hacia una Zona Segura” y “Calacoto, hacia una Zona Segura”.

 
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