[José Alberto Diez de Medina]

Simón Bolívar y su Constitución Boliviana


Hasta el 10 de enero de l825, cuando abandonó Chuquisaca expresando en una proclama su profundo dolor por la patria de su corazón y su nombre, el Libertador Simón Bolívar esbozó su proyecto de Constitución para la República de Bolivia, la concluyó en Lima y el 26 de mayo de l825 la envió con su edecán Belford Wilson, en calidad de urgente y recomendado. El documento era “La Constitución redactada para la República de Bolivia”.

El Cnel. Belford Wilson recibió la orden de llevar el documento hasta Chuquisaca en 2l días. Wilson se cuadró y prometió llevarlo en 20 días, el documento llegó a Chuquisaca en 19 días. El Cnel. Wilson entregó en Chuquisaca, en fecha l4 de junio, el decreto de reconocimiento de la República de Bolivia por parte del Perú y el proyecto completo de la “Constitución de Bolivia”.

La Constitución Boliviana fue llamada la “Obra de los Siglos”. Desde el “Manifiesto de Cartagena” y la “Carta de Jamaica”, se podría decir, sin lugar a equivocaciones, que la Constitución Boliviana es el punto más alto, o el pináculo, de la sabiduría y genio del Libertador. La Constitución es la base para que los pueblos de América signifiquen en sí un ejemplo de hábil política y democracia, qué mayor obsequio, qué mayor presentación que la del Libertador a su hija predilecta.

Pero lo real en sí es preguntar, como lo señala el historiador Pereyra: ¿cómo un soldado como Bolívar pudo conseguir, entre campamentos y batallas, ideas tan sólidas, tan profundas? ¿Cómo pudo ser legislador sin disponer de otro tiempo para meditar?, y se respondió con dos frases: el genio de Bolívar y el acierto para dar con la fórmula precisa de gobierno que se necesitaba en la América española, ante el posible fracaso que podía significar la futura anarquía de América.

Bolivia, el Perú o la Gran Colombia hubieran podido conseguir sus anhelos de grandes naciones, bajo los términos de la Constitución Boliviana; por eso el Libertador envió el documento a todos sus allegados, que no la aceptaron y obviamente después tampoco pudieron salir de la lucha interna y la anarquía.

Emil Ludwig dijo: “La Constitución de Bolívar está colmada de ideas que pudieran ser adaptadas hoy y que tal vez se las adopte mañana. La Constitución Boliviana por su sabiduría hace pensar en los más altos espíritus de Europa”.

He aquí una síntesis:

La Constitución Boliviana señala tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y agrega uno más, el poder Electoral, éste quizá el más importante para el desarrollo de una auténtica democracia, que era ejercido sobre la base del saber y la honradez, no del dinero. El elector debía ejercer alguna industria, arte o ciencia; cada diez ciudadanos nombraban un elector. El poder elector estaba formado entonces por la décima parte de lo ciudadanía y nombraba a los miembros de las cámaras legislativas; proponía al poder Ejecutivo los candidatos para las magistraturas de los departamentos, provincias y cantones, y a éstos los empleados civiles subalternos; proponía al Senado los miembros de las Cortes Judiciales y de los tribunales. Tenía el derecho de petición y el de queja de agravios.

El poder Legislativo estaba formado por tres Cámaras, la de los Tribunos, la de los Senadores y la de los Censores. Los Tribunos eran elegidos por cuatro años y renovados por mitad cada bienio; dictaban las leyes de hacienda, votaban el presupuesto anual, señalaban el número de fuerzas de mar y tierra.

El Senado duraba ocho años y se renovaba por mitad cada cuatro, dictaba los Códigos y las reformas en los negocios judiciales, comerciales y eclesiásticos. Los Censores velaban por el cumplimiento de la Constitución y los tratados públicos. Acusaban a los altos funcionarios, protegían la libertad de imprenta, promovían el progreso de la instrucción pública, las ciencias y las artes; decidían en los casos de discordia entre los otros poderes, sirviendo finalmente de poder moral; nombraban a los jueces de las Cortes de justicia y a los dignatarios de la Iglesia, escogiéndolos de las ternas presentadas por el Senado.

El poder Ejecutivo estaba integrado por un Presidente Vitalicio, un Vicepresidente y tres Secretarios de Estado, que podían nombrar o remover a voluntad. El Presidente no era responsable de los actos de la administración. El Vicepresidente y los Secretarios o Ministros eran responsables por las disposiciones que refrendaban.

El poder Judicial estaba integrado por magistrados propuestos por los colegios electorales al poder Legislativo. Su carácter era independiente. La libertad civil estaba consagrada por la Constitución, y la libertad y la igualdad garantizadas por las leyes.

El discurso con que el Libertador presentó la Constitución Boliviana es de una oratoria profunda, llena de elocuencia y sinceridad política, allí él señaló las causas, el porqué de su proyecto, sus alcances, y el destino que perseguía.

Sociedad Bolivariana de Bolivia.

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