Fiscalía imputa a Director edil de Administración Tributaria



REGULARIZACIÓN DE IMPUESTOS DE CIUDADANOS PACEÑOS.

La fiscal de Distrito, Betty Yañiquez, determinó la imputación del director de la Administración Tributaria del Gobierno Municipal de La Paz, Ronald Cortez, por haber iniciado un proceso para que la familia de una contribuyente ya fallecida, pague los impuestos en mora de su inmueble.

El director Jurídico de la Alcaldía, Fernando Velásquez, expresó que este proceso penal se inició porque Cortez intentó cumplir sus deberes como funcionario recaudador y en cumplimiento del Código Tributario vigente. Esta actuación provocó que Rafael Torres, hijo de Eda Valdivia- la fallecida propietaria de un inmueble-, le iniciara un proceso en la vía penal y acusándolo de falsedad ideológica.

“Lo preocupante es que pese a que nosotros hemos presentado todos los elementos legales de prueba y que han formado convicción en el Fiscal que ha conocido en caso, se ha determinado el sobreseimiento de Ronald Cortez, lamentablemente a nivel de la Fiscalía de Distrito se revoca la decisión y hoy en día estamos en puertas de una audiencia de medidas cautelares”, dijo Velásquez.

A su turno el Director de Gobernabilidad, Pedro Susz, subrayó que esta acusación es otra arremetida político partidaria en contra de la Alcaldía.

“Con fines político partidarios y para debilitar la gestión y todas las gestiones que no se inscriben en la línea del partido de Gobierno, pero en particular la gestión del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, que ha estado sometida a una suerte de asedio judicial y fiscalizador, en muchos casos no tiene el debido sustento y respaldo”, enfatizó.

Por su parte, el director de Administración Tributaria, Ronald Cortez, explicó que este proceso penal fue iniciado por tratar de cobrar los impuestos adeudados por 10 años. Se argumentó que al momento de iniciar un proceso tributario existiría falsedad ideológica, es decir que se habría utilizado instrumentos ilegales.

“La figura de falsedad ideológica está desestimada porque las actuaciones se realizan en el marco del Código Tributario. El hecho de notificar a una persona está dentro del Código porque se notifica a la titular del bien inmueble. Informar a la Administración Tributaria que la titular ha fallecido no es suficiente, porque se tiene que hacer un re empadronamiento de los herederos, así funciona la materia tributaria”, señaló.

Hoy se realizará la audiencia de medidas cautelares en el Juzgado Octavo de Instrucción Cautelar a partir de las 10:30.

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