Ley 026 de Régimen Electoral

Se destituirá al servidor público que haga campaña electoral



MORALES HIZO CAMPAÑA ELECTORAL EN ORURO POR CANDIDATOS DEL MAS A LA GOBERNACIÓN Y ALCALDÍA.

Las y los servidores públicos que realicen campaña preelectoral previa al referendo por autonomías departamentales, cartas orgánicas y autonomías indígenas serán pasibles a sanciones: una de ellas es la destitución de sus cargos, según manda la Ley 026 de Régimen Electoral.

La semana pasada el gobernador de Oruro Juan Carlos Cejas y el ministro de Autonomías, Hugo Siles, lanzaron la campaña por el Sí.

El artículo 126 de la Ley 026 que se refiere a prohibiciones dice que los servidores públicos de cualquier jerarquía están prohibidos de utilizar bienes, recursos y servicios de instituciones públicas en propaganda electoral, tanto en actos públicos de campaña como a través de mensajes pagados.

También prohíbe realizar campaña electoral por cualquier medio en instituciones públicas y cuando se verifique la violación de estas prohibiciones, el Tribunal Supremo Electoral denunciará a la Contraloría General del Estado, y en caso de servidores públicos designados se remitirán antecedentes al órgano jerárquico competente para disponer su destitución.

El pasado 13 de agosto, la agencia estatal ABI informó que el ministro de Autonomías Hugo Siles y el gobernador de Oruro, Víctor Hugo Vásquez “iniciaron el jueves pasado una campaña por el “Sí” a la aprobación del Estatuto Autonómico y Carta Orgánica de Oruro”.

El ministro Siles en el inicio de la campaña por el Sí decía: “El tránsito del viejo Estado de la República centralizada hacia el nuevo Estado Plurinacional, está consolidándose y transformándose desde Oruro”.

Por su lado, el gobernador Vásquez afirmó que se espera un respaldo mayoritario de la población a la norma. Días antes en la ciudad de La Paz, Vásquez, afirmó a los periodistas que la gobernación hará campaña por el Sí autonómico.

 
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