Expresidente Carlos Mesa:

Libertad de expresión en riesgo por cambios en Código Penal

• La Cámara de Diputados aseguró que no se pretende afectar el trabajo de los periodistas


EL EXPRESIDENTE CARLOS MESA DE ESPALDAS RESPONDE A LAS PREGUNTAS DE LOS PERIODISTAS.

El expresidente Carlos Mesa advirtió que es peligroso aplicar sanciones penales por “mala práctica profesional” a los periodistas, tal como se plantea en el artículo 200 del proyecto de ley del Código de Sistema Penal (CSP).

“La consecuencia sería la restricción de la libertad de expresión (…). ¿Si tú hablas mal contra el presidente del Estado (Evo Morales) estás haciendo mala práctica?”, cuestionó el exmandatario.

A pedido del Colegio Médico de Bolivia, los presidentes de las cámaras Alta y Baja determinaron modificar el artículo 200 del proyecto del Código de Sistema Penal.

En ese contexto, el presidente de la Cámara de Senadores, José Alberto Gonzales, manifestó que la mala práctica profesional abarca a todas las profesiones, incluyendo a periodistas.

“Así ha quedado como una mala práctica profesional. Los que sean profesionales, se abarca a todos, no solo al ámbito de los médicos”, declaró Gonzales, al ser consultado si también alcanza a los comunicadores y periodistas.

MODIFICACIÓN

Artículo 200 (Mala práctica profesional) I. “La persona profesional que dé por infracción a un deber objetivo de cuidado, por imprudencia, negligencia, impericia, inobservancia de los protocolos, reglamentos o los deberes inherentes al ejercicio de su profesión, cause daños en la salud o integridad física de una persona será sancionada con reparación económica y cumplimiento de instrucciones judiciales”.

Sin embargo, el texto original establecía que el profesional de la salud que, de forma culposa, por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los reglamentos provoque daños en la salud de los pacientes, será sancionada con medida de reparación económica y cumplimiento de instrucciones judiciales.

Para el Colegio Médico de Bolivia este articulo estigmatizaba al sector de los profesionales en salud. A su criterio, todos los profesionales deben ser sancionados por la mala práctica en sus labores

SUBJETIVIDAD

Mesa aseveró no es consistente la inclusión de periodistas en el tipo penal de mala práctica, tomando en cuenta que el trabajo de la prensa incluye puntos de vista, opiniones y noticias, lo cual se enmarca en la subjetividad. Mientras que en otras profesiones se puede generar un daño objetivo; por ejemplo, un ingeniero cuya obra se desplome causando la pérdida de vidas humanas.

A la vez, añadió que existiría el alto riesgo de que las autoridades legislativas y judiciales apliquen de forma “incorrecta, manipulada y política” las sanciones contra los periodistas, bajo ese tipo penal.

ACLARACIÓN

Por otra parte, la presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, afirmó que la redacción de este artículo no afecta la labor de los periodistas y comunicadores, aparte de que no modifica la Ley de Imprenta. Anunció que en la Cámara están dispuestos a entablar una reunión con los representantes del sector, para explicar el alcance de este precepto.

“Una práctica imprudente con impericia quiere decir que el profesional (de una determinada área) no está capacitado para desarrollar esa actividad y pese a eso lo realiza”, explicó.

Aclaró que esta modificación no fue planteada por la Asamblea Legislativa, sino por el Colegio Médico de Bolivia, por lo que desvirtuó que se quiera penalizar la labor de los periodistas.

 
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