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Conflicto interno

TSE evita interferir en diferencias del PDC

La Ley Nº 018 OEP indica que el TSE debe “sustanciar procedimientos y llevar registro del reconocimiento y otorgamiento (…) de la personalidad jurídica de organizaciones políticas (…) y llevar el registro de sus órganos de representación y dirección”

El conflicto interno del Partido Demócrata Cristiano (PDC) enfrenta a dos bandos que se acusan mutuamente de no pertenecer a esta organización y que tienen el aval del Tribunal Supremo Electoral (TSE), entidad a la que se le consultó la situación de este partido y lo único que arguyó fue que Sala Plena del TSE no se inmiscuye en asuntos internos de los partidos políticos.

Los conflictos del PDC no son recientes, pero fueron notorios desde el comienzo de la carrera prelectoral hacia las elecciones primarias 2019 que concluirá con las Elecciones Generales 2019.

Fue el 19 de octubre, que Luis Ayllon como presidente del Comité Político Nacional, comunicó que se invitó al expresidente Jaime Paz Zamora para que sea candidato de binomio presidencial del 27 de enero de 2019.

Por su lado, el 31 de octubre la diputada del PDC anunció su candidatura al interior, también del PDC.

Piérola en reiteradas oportunidades informó que Ayllon ya no es delegado del PDC ante ninguna instancia, es más, aseguró que lo denunció por haber “vendido” el partido, haber solicitado libros de registro de militantes al TSE y organizar direcciones paralelas al PDC, en los nueve departamentos.

Por su parte, Ayllón denunció a la diputada, ahora candidata de haber vendido el PDC a Nueva Fuerza Republicana (NFR), expartido boliviano que estuvo a la cabeza Manfred Reyes Villa, que actualmente radica en Estados Unidos. Sin embargo nuestro medio lo buscó para tener su versión pero fue vano, no lo ubicamos.

EL DIARIO consultó a Sala Plena del TSE sobre el conflicto interno del PDC y la respuesta fue que el ente no puede “inmiscuirse” en problemas internos de los partidos políticos.

“Nosotros como vocales y como Sala Plena no podemos inmiscuirnos en problemas internos de los partidos políticos, consideramos que los partidos políticos tienen toda potestad en solucionar sus problemas internos, nosotros no podemos inmiscuirnos en sus problemas”, dijo la presidente María Eugenia Choque Quispe.

Sin embargo, según la Ley Nº 018 del OEP, artículo 29, señala que el Tribunal Supremo Electoral tiene atribuciones sobre las organizaciones políticas con el objetivo de velar para que se sujete a la normativa vigente y los estatutos internos que los rige para que determinen la elección de sus dirigencias y candidaturas.

“ El TSE tiene la atribución de 4. Regular y fiscalizar el funcionamiento de las organizaciones políticas de alcance nacional para que se sujeten a la normativa vigente y a su Estatuto Interno, especialmente, en lo relativo a la elección de sus dirigencias y candidaturas, así como de las condiciones, exigencias o requisitos de género y generacionales”, artículo 29, Ley 018.

Asimismo en la Ley Nº 026 de Régimen Electoral, Título III Democracia Representativa, indica desde el artículo 47 al 49 que las organizaciones políticas contiene la presentación política, son intermediarios para la conformación de los poderes públicos y que las mismas son supervisadas, porque debe actuar con apego a principios.

 
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