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Factor vinculante del Referéndum del 21F


 

A menos de un año de las elecciones de octubre de 2019, parece que nada ni nadie convencerá al presidente Evo Morales de que el Referéndum del 21 de febrero de 2016, en sus resultados, tiene factor vinculante; es decir, que tiene carácter de cumplimiento obligatorio, o sea es irrenunciable. Nadie lo convencerá de que él, conjuntamente su partido, han reconocido plenamente la legalidad de dicho acontecimiento y hubo la declaración en sentido de que será acatado o cumplido por él y su partido; pero, según su propia opinión, “el referéndum no vale por no reflejar la voluntad del pueblo”; sin embargo, el resultado de la votación dijo que NO puede ni debe postularse más de una vez -y lo hizo por tercera vez, pretendiendo hacerlo ahora por cuarta vez, en franco atropello a la Carta Magna que él mismo promulgó y juró cumplir-.

Lamentablemente, hay un “tira y afloja” entre lo que señala la Constitución y lo que hizo el Tribunal Constitucional legalizando la posibilidad de que haya una nueva re-re-reelección, hecho que ha causado el rechazo y condena de toda la población, al margen de la censura internacional que no ve correcto que se trate de repetir yerros que cometió Venezuela para contar con un gobierno eterno.

Por tener carácter vinculante -de cumplimiento obligatorio- el resultado del Referéndum del 21 de febrero de 2016, tomando en cuenta a entidades políticas y cívicas, grupos de ciudadanos de toda tendencia y pueblo mayoritariamente opuesto a la reelección, no puede haber una cuarta reelección y, si así se impone, resultaría una aberración y constituiría un pésimo precedente para el futuro en que, por la aprobación que se dé a la arbitrariedad, surgirían fácilmente gobiernos dictatoriales y tiránicos que se impongan haciendo uso de la fuerza, sustituyendo la fuerza del Derecho, de la Constitución y las leyes.

El Presidente y su partido saben que no puede haber una nueva reelección por ilegal, arbitraria y contraria a la moral y a la Carta Magna; que aprobar este extremo sería contrario al pueblo; que implicaría violación a todo principio y obligación de respetar las leyes; sería, además, crear condiciones para que, al término del nuevo período, se pretenda un quinto período y así indefinidamente.

No obstante todas estas pretensiones, existe en la población la esperanza de que el Tribunal Supremo Electoral niegue al presidente-candidato su intervención en las elecciones primarias y, mucho más en las generales de octubre. Si el TSE obra en sentido contrario, se confirmaría simplemente que todos sus miembros pertenecen al partido oficial y, por lo tanto, quedarían en situación ilegal en el importante órgano del Estado. El TSE tiene la obligación de respetar la CPE, la Ley Electoral y, sobre todo, la moral y la decisión del pueblo que, mayoritariamente, ha repetido en los últimos meses: Bolivia dijo NO, en referencia a lo que se decidió el año 2016 en un proceso que fue claro y contundente.

 
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